Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26
cuarto de la Ley 35/2003 de 4 de noviembre, se
hace público:
Que con fecha 15 de junio de 2004, el Consejo
de Administración de Caixa Catalunya Gestió
Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva,
Sociedad Anónima, como Sociedad Gestora, y en
la misma fecha, el Consejo de Administración de
Caixa d'Estalvis de Catalunya, como Entidad
Depositaria, aprobaron, por unanimidad, los acuerdos de
fusión por absorción de los fondos, por un lado,
del Caixa Catalunya Selecció Activa 25, Fondo de
Inversión (fondo absorbente) con el Caixa
Catalunya Europa Mixt 25, Fondo de Inversión (Fondo
Absorbido) y por otro, del Caixa Catalunya Selecció
Activa 75, Fondo de Inversión (Fondo
Absorbente) con el Caixa Catalunya Europa Mixt 75, Fondo
de Inversión (Fondo Absorbido).
Que con fecha 12 de agosto de 2004, la Comisión
Nacional del Mercado de Valores autorizó los
Proyectos de Fusión de los citados fondos presentado
por dichas entidades, en el que se recoge las fusiones
por absorción del Caixa Catalunya Selecció
Activa 25, Fondo de Inversión con el Caixa Catalunya
Europa Mixt 25, Fondo de Inversión, y del Caixa
Catalunya Selecció Activa 75, Fondo de Inversión
con el Caixa Catalunya Europa Mixt 25, Fondo
de Inversión, con disolución sin liquidación de las
entidades absorbidas y transmisión en bloque de
todos sus activos y pasivos a las entidades
absorbentes, sucediendo éstas a título universal en todos
sus derechos y obligaciones a las absorbidas.
Que como consecuencia de lo anterior y a los
efectos de lo establecido en el artículo 12 segundo
párrafo 1.o de la Ley 35/2003 de 4 de noviembre,
se comunica a los partícipes de los fondos
absorbentes el derecho de separación que les asiste,
ejercitable en el plazo de un mes a contar desde la
fecha de remisión de la oportuna comunicación a
los partícipes, sin deducción de comisiones de
reembolso ni gasto alguno por el valor liquidativo
correspondiente al día en que finalice dicho plazo. No
obstante, los partícipes de los fondos absorbidos,
dado que éstos no tienen comisiones de reembolso,
podrán reembolsar sus participaciones en cualquier
momento con valor liquidativo del día de solicitud.
Que de conformidad con lo establecido en los
artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades
Anónimas, se hace constar que los partícipes y
acreedores tienen el derecho de solicitar y obtener el
texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los
Proyectos de Fusión.
Barcelona, 19 de agosto de 2004.-Cristina Puig
Carrasco, Secretario no Consejero del Consejo de
Administración de Caixa Catalunya Gestió Sociedad
Gestora de Instituciones de Inversion Colectiva,
Sociedad Anónima.-41.042.
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