Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 30 de julio de 2004 se aprueba la
modificación número 1 de las obras arriba indicada
y se ordena a esta Demarcación la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los bienes
y derechos afectados para la ejecución de dichas
obras.
Son de aplicación los apartados uno y dos del
artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de
Carreteras, modificados por el artículo 77 de la
Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE de 31 de
diciembre), de Medidas Fiscales, Administrativas y
de Orden Social, a cuyo tenor se declara de urgencia
la ocupación de los bienes por expropiación forzosa
a que dé lugar la construcción de la mencionada
obra. La tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al
procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954 y concordantes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98
de la LEF y atendiendo a lo señalado en las
reglas 2.a y 3.a de su artículo 52, ha resuelto convocar
a los propietarios que figuran en la relación que
se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia
de Zaragoza, y que se encuentra expuesta en el
tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Utebo
(Zaragoza) y su pedanía de Monzalbarba, así como
en el de esta Demarcación de Carreteras, para que
asistan al levantamiento de las Actas Previas a la
Ocupación el día 15 de septiembre de 2004 en
el Ayuntamiento de Utebo y el día 16 de septiembre
de 2004 en la Alcaldía de Monzalbarba, de 10:00
a 14:00 horas y de 16,00 a 19,00 horas.
Además de los medios antes citados se dará cuenta
del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en el diario "Heraldo de Aragón"
y en el "Boletín Oficial del Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la LEF
para que en el plazo de quince días (que, conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa podrán prorrogarse hasta el
momento en que se proceda al levantamiento de
las citadas actas previas a la ocupación), los
interesados podrán formular, por escrito, ante esta
Demarcación de Carreteras (calle Capitán
Portolés, 1-3-5, 5.a planta, 50071 Zaragoza), alegaciones
a los solos efectos de subsanar posibles errores que
se hayan producido al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Zaragoza, 11 de agosto de 2004.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación, Rafael López
Guarga.-40.738.
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