A efectos previstos en el artículo 59 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo común de
26 de noviembre de 1992, se hace público que se
requiere a los obligados que se citan para que en
el plazo de un mes, desde la fecha de esta
publicación, procedan a la ejecución voluntaria de la
obligación de restituir el terreno a su estado
primitivo que se les impuso en las resoluciones dictadas
por la Confederación Hidrográfica del Tajo en los
expedientes que se relacionan a continuación, cuya
notificación se ha intentado sin que se haya podido
practicar. A continuación se recogen los siguientes
conceptos: Expediente, Obligado, Código de
Identificación Fiscal/ Número de Identificación Fiscal,
y Fecha de Resolución:
D. 17133, Explotaciones Agrarias Florida, S. A.,
A78363009, 21 de noviembre de 1996.
D. 19148, S.A.T. Cunícola Internacional,
F19166412, 08 de septiembre de 1998.
D. 19156, Miguel Teruel Martínez y otro,
2987374, 23 de junio de 1998.
Transcurrido el referido plazo de un mes sin haber
realizado la ejecución voluntaria se procederá por
esta Confederación Hidrográfica del Tajo a la
ejecución subsidiaria a su cargo.
Madrid, 2 de agosto de 2004.-La Secretaria
General, Gemma Pocino Campayo.-&40.132.
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