El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Castellón en su sesión de 28 de junio
de 2004 adoptó el siguiente acuerdo:
"Vistas las competencias que atribuye al Consejo
de Administración de la Autoridad Portuaria el
artículo 40.5 de la Ley 27/92 de Puertos del Estado
y de la Marina Mercante, modificada por la Ley
48/2003 de 26 de noviembre. Atendido que por
razones de agilidad, eficacia y operatividad resulta
aconsejable la delegación de las competencias
relativas a la aplicación del Código PBIP.
Atendido lo que dispone en artículo 40.5 de la
Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, modificada por la Ley 48/2003, por
unanimidad se acuerda:
1. Delegar en el Director de la Autoridad
Portuaria, las funciones que ostenta el Consejo de
Administración en materia de "Aprobación de
evaluaciones y planes de protección de las instalaciones
portuarias afectadas por el Código P.B.I.P.".
Grao de Castellón, 20 de julio de 2004.-El
Presidente, Juan José Monzonís Martínez.-38.149.
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