El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Tarragona en su sesión de 6 de Julio
de 2004 adoptó el siguiente acuerdo:
"Vistas las competencias que atribuye al Consejo
de Administración de la Autoridad Portuaria el
artículo 123 de la Ley 27/92 de Puertos del Estado
y de la Marina Mercante, modificada por la Ley
48/2003 de 26 de noviembre para la imposición
de sanciones.
Atendido que por razones de agilidad, eficacia
y operatividad resulta aconsejable la delegación de
las mismas.
Atendido lo que dispone el artículo 41, apartado g)
de la Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante, modificada por la Ley 48/2003,
por unanimidad se acuerda:
1. Delegar en el Presidente de esta Autoridad
Portuaria las competencias relativas a la resolución
de los expedientes sancionadores que se pudieran
incoar.
2. Ordenar la publicación del presente acuerdo
en el BOE para general conocimiento."
Tarragona, 7 de julio de 2004.-El Presidente,
Josep Antón Burgasé i Rabinad.-37.418.
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