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Por la presente y al amparo de lo dispuesto en
el artículo 48 del Real Decreto 2857/1978, de 25
de agosto, que aprueba el reglamento general para
el Régimen de la Minería, se hace público que
mediante Resolución de la Consejería de Industria
y Empleo de 4 de junio de 2004 se ha acordado
el inicio de expediente, a instancia de HUNOSA,
para la autorización del aprovechamiento de la
"Escombrera de Villallana", sita en las proximidades
del pueblo de igual nombre del concejo de Lena,
declarada como recurso de la sección
B)-"Yacimientos de origen no natural" mediante Resolución de 18
de noviembre de 2003.
Asimismo, conforme a lo establecido en la Ley
6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real
Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de
Evaluación de Impacto Ambiental y Reglamento
que lo desarrolla aprobado por Real Decreto
1131/1988, de 30 de septiembre, se somete a
información pública el Estudio de Impacto Ambiental.
Lo que se hace público para que todas aquellas
personas interesadas y durante un plazo de treinta
días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación del presente anuncio, puedan tomar
vista del expediente en la dirección General de Minería,
Industria y Energía (Plaza de España, número 1,
4.a planta, 33007 Oviedo) y presentar por escrito
las alegaciones que se estimen oportunas ante la
Consejería de Industria y Empleo.
Oviedo, 7 de junio de 2004.-José Benito Solar
Menéndez, Jefe Servicio de Promoción y Desarrollo
Minero.-35.433.
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