El Pleno del Ayuntamiento en la sesión
extraordinaria del día 22 de diciembre de 2003, tomó,
entre otros, el acuerdo siguiente:
Primero.-Aprobar inicialmente la modificación
puntual del Plan General de Ordenación de Vilanova
i la Geltrú, al ámbito Playa Larga, promovida por
la Mercantil Subirats Berenguer Immobiliaria, S.A.,
y el Convenio de Colaboración Urbanística entre
el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú y Subirats
Berenguer Immobiliària, S.A., así como aprobar el
programa de participación ciudadana.
Segundo.-Solicitar los informes preceptivos a los
organismos interesados en razón de su competencia,
así como al Departamento de Medio Ambiente, a
los efectos del apartado 6 del artículo 83 de la
Ley de Urbanismo 2/2002, de 14 de marzo, con
el fin de determinar la necesidad de efectuar la
evaluación de impacto ambiental y, en su caso, su
declaración.
Tercero.-Publicar estos acuerdos en el Boletín
Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la
Provincia por el plazo de un mes, y en uno de los
diarios de mayor difusión provincial. Durante este
periodo, el expediente estará a disposición de
cualquier interesado al Negociado de Planificación y
Gestión Urbanística.
Vilanova i la Geltrú, 13 de enero de 2004.-El
segundo Teniente de Alcalde y Presidente del Área
de Acción Territorial, Jordi Valls i Fuster.-984.
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