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Documento BOE-B-2004-157090

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima" la instalación de una subestación de 400 KV denominada Olmedo, en el término municipal de Olmedo (Valladolid), y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 30 de junio de 2004, páginas 5819 a 5820 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2004-157090

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo, de la

Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de

Castilla y León, a instancia de "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima", con domicilio en La Moraleja,

Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los

Gaitanes 177, solicitando la autorización administrativa

y la declaración, en concreto, de utilidad pública,

de la instalación que se cita.

Resultando que a los efectos previstos en los

artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido

a información pública la petición de "Red Eléctrica

de España, Sociedad Anónima", no habiéndose

presentado alegaciones ni oposición alguna durante el

plazo reglamentario.

Resultando que remitida separata del proyecto al

Ayuntamiento de Olmedo de acuerdo con lo

establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido

Real Decreto 1995/2000, para que informe sobre

su conformidad o reparos y establezca, en su caso,

los condicionados que estime oportunos, en lo que

afecta a bienes o derechos a su cargo, por el mismo

se ha emitido conformidad al proyecto.

Resultando que en fecha 3 de octubre de 2003

la Secretaría General de Medio Ambiente del

Ministerio de Medio Ambiente ha dictado Resolución

en virtud de la cual se considera que no es necesario

someter al procedimiento de evaluación de impacto

ambiental el proyecto Subestación eléctrica de

transformación de Olmedo promovido por "Red Eléctrica

de España, Sociedad Anónima".

Visto el informe favorable emitido por el Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la

Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de

Castilla y León.

Visto el informe emitido por la Comisión

Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de

Administración en su sesión celebrada con fecha 22 de

abril de 2004.

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios que se establecen en el capítulo II,

del título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima", la subestación a 400 KV de Olmedo,

en el término municipal de Olmedo (Valladolid),

cuyas características principales son:

Tipo intemperie con un parque en configuración

de interruptor y medio, con capacidad total para

cuatro calles, basada en dos tipos de embarrados:

Semiflexible con conexiones tendidas y destinado

a la interconexión principal, y rígido a base de tubos

de aluminio destinado a la conexión del aparellaje

entre sí y a las barras principales.

La disposición de la subestación será la siguiente:

Calle 1: Posición 11: GIF 1. Posición 21: GIF 2.

Calle 2: Posición 12: Línea La Mudarra. Posición

22: Línea Lastras.

Calle 3: Posición 13: Reserva. Posición 23: Reserva.

Calle 4: Posición 14: Reserva. Posición 24: Reserva.

Aparamenta: Se equiparán completas las

calles 1 y 2 con la siguiente aparamenta:

Calle 1: Dos seccionadores pantógrafos, tres

transformadores de intensidad, tres interruptores, cuatro

seccionadores rotativos de tres columnas y un

transformador de tensión capacitiva.

Calle 2: Dos seccionadores pantógrafos, tres

transformadores de intensidad, tres interruptores, cuatro

seccionadores rotativos de tres columnas, tres

seccionadores rotativos de tres columnas con puestas

a tierra, cuatro transformadores de tensión

capacitivos y cuatro bobinas de bloqueo.

Barras 1: Un transformador de tensión capacitivo

en fase 4.

Barras 2: Un transformador de tensión capacitivo

en fase 4.

Sistemas de comunicaciones por onda portadora,

fibra óptica y telefonía interna.

Sistemas de protecciones de medida y control.

Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente

continua.

Redes de tierra superiores e inferiores.

Sistemas de alumbrado y fuerza.

Construcción de un edificio de mando y control

y dos casetas relés CR-1 y CR-2, una por calle.

Obra civil: Corresponde a movimientos de tierra,

drenajes, cimentaciones, viales, canales de cables

y accesos.

Instalación de sistemas de seguridad contra

incendios y antiintrusismo.

Cerramiento: Mediante valla metálica de acero

galvanizado de 2 metros de altura rematado con

alambres de tres filas, con postes metálicos

embebidos en un murete corrido de hormigón de 0,5

metros de altura.

La finalidad de la instalación es posibilitar la

incorporación a la Red de Transporte de la energía eólica

de la zona, la cual estará interconectada inicialmente

con el parque de alimentación al Tren de Alta

Velocidad perteneciente al Gestor de Infraestructuras

Ferroviarias y en el futuro estará interconectada con

el parque de 132 KV, propiedad de "Iberdrola",

mediante un transformador 400/132 KV.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de

la instalación que se autoriza, a los efectos previstos

en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre.

Quedan excluidas de los efectos económicos del

Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por

el que se regulan las actividades de transporte y

distribución de energía eléctrica la posición de

interruptor de la calle 1, correspondiente a la

Barra 1 y la posición de interruptor de la calle 1,

correspondiente a la Barra 2, excepto de los costes

de operación y mantenimiento que serán asumidos

por el Sistema.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor

Secretario General de Energía (por delegación Orden

ITC/1102/2004, de 27 de abril, "Boletín Oficial del

Estado" número 103, del 28) en el plazo de un

mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado.

Madrid, 20 de mayo de 2004.-El Director

General, Jorge Sanz Oliva.-&33.340.

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