Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras, de fecha 2 de febrero de 2004, se aprueba
el Proyecto de Construcción arriba indicado, siendo
de aplicación lo dispuesto en el artículo 77 de la
Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Boletín
Oficial del Estado de 31 de diciembre), por la que
se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 8
de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras,
a cuyo tenor la aprobación del proyecto lleva
implícita la declaración de utilidad pública y de urgente
ocupación de los bienes afectados por dicha obra.
Asimismo, se ordena el inicio del correspondiente
expediente de expropiación. La tramitación de éste
se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de
urgencia previsto en los artículos 52 de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, y concordantes de su Reglamento, de 26
de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el art. 98 de la L.E.F.,
y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.a y 3.a
de su art. 52, ha resuelto convocar a los propietarios
que figuran en la relación que se hará pública en
el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y
que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Córdoba, así como en el de
esta Demarcación de Carreteras y en la Unidad
de Carreteras de Córdoba, para que asistan al
levantamiento de las Actas Previas a la ocupación en
el Ayuntamiento, en el día y en la hora que se
indican en dicha relación (Anexo que se acompaña).
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en Diarios Provinciales y en el
"Boletín Oficial del Estado". Esta última
publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.5
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administra
ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos y a
aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad (original y copia de escrituras),
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de
Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además a los efectos de información pública
contemplados en los arts. 17.2, 18 y 19.2 de la L.E.F.,
para que el plazo de quince días (que, conforme
establece el art. 56.2 del Reglamento de
Expropia
ción Forzosa, podrán prorrogarse hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación), los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras, avda. Américo Vespucio, 5, Edificio
Cartuja, Portal 1, planta 1.a, Isla de La Cartuja, 41071
Sevilla, o en la Unidad de Carreteras de Córdoba,
Avda. de los Mozárabes, 1, 14071 Córdoba,
alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan producido al relacionar los
bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Sevilla, 23 de abril de 2004.-El Jefe de la
Demarcación, Pedro C. Rodríguez Armenteros.-&20.917.
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