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Documento BOE-B-2004-122086

Anuncio de Notificación de la Directora General de Instituciones Penitenciarias de la Resolución, de 29 de marzo de 2004, dictada en el expediente número 37/2003, instruido a Don Fernando Domene Domene.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 20 de mayo de 2004, páginas 4425 a 4425 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2004-122086

TEXTO

Edicto. La Subdirección General de Personal de

Instituciones Penitenciarias ha trasladado la

Resolución de 29 de marzo de 2004, dictada por el

Director General de Instituciones Penitenciarias por

delegación del Ministro del Interior, mediante

correo certificado con acuse de recibo, al

representante del funcionario encartado en el expediente

formal de corrección disciplinaria número 37/2003.

El citado representante ha manifestado en

comunicación de 29 de abril de 2004 haber sido relevado

de la defensa de los intereses del funcionario

afectado por el expediente instruido. Esta circunstancia

ha motivado que por personal del Centro

Penitenciario en que se encuentra destinado el funcionario

aludido haya efectuado el trámite de notificación

de la Resolución sancionadora en los términos

previstos en el artículo 59.2 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, sin que haya

sido posible la entrega de la Resolución mencionada,

por lo que, de conformidad con lo previsto en el

párrafo 5 del artículo 59 de la mencionada Ley

30/1992, de 26 de noviembre, debe procederse a

su notificación edictal.

En consecuencia, procede notificar y se notifica

la Resolución de 29 de marzo de 2004 cuya parte

resolutoria, omitidas las referencias a Cuerpo de

pertenencia y unidad de destino, dice así:

"Declarar a D. Fernando Domene Domene autor

disciplinariamente responsable de una falta muy

grave de ``El incumplimiento de las normas sobre

incompatibilidades'', de que queda hecha mención,

tipificada en el artículo 6.h) del Reglamento de

Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la

Administración del Estado, sin concurrencia de

circunstancias modificativas de la responsabilidad,

imponiéndole la sanción de tres años de suspensión de

funciones, establecida en el artículo 14.b), en

relación con el 16, ambos del mismo Cuerpo legal.

Contra la presente resolución, que pone fin a la

vía Administrativa, es dado interponer recurso

potestativo de reposición, ante este Ministerio, o

Contencioso-Administrativo ante los Juzgados Centrales

de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de

un mes y dos meses, respectivamente, contados a

partir del día siguiente al de la notificación de la

presente, conforme a lo dispuesto en el apartado 2)

de la disposición adicional decimoquinta de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del

Estado, 48.2) y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en

la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero,

y 9.a) y 46.1) de la Ley 29/98, de 13 de julio,

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa.

Madrid, 10 de mayo de 2004.-La Directora

General de II.PP., Mercedes Gallizo LLamas.-&20.810.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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