A la vista de las actuaciones practicadas y la base
legal de las mismas, esta Dirección General de Suelo,
en virtud de las competencias atribuidas por el
art. 10 del Decreto 270/95, de 19 de octubre.
ha resuelto:
Primero.-Iniciar el procedimiento expropiatorio
de tasación conjunta conforme lo establecido en
el art. 36 de la Ley 6/1998, sobre Régimen del
Suelo y Valoraciones, el art. 138 del Texto
Refundido de la Ley del Suelo aprobado por R.D.
1346/1976 de 9 de abril, los artículos 201 y 202
del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado
por R.D. 3288/1978 de 25 de agosto y, el art. 123
de la Ley 9/2001 de 17 de julio, con un Presupuesto
estimado de veintinueve millones setecientos cuatro
mil quinientos treinta euros con treinta y cinco
céntimos (29.704.530,35 euros).
Segundo.-Someter a información pública por el
plazo de un mes el Proyecto de Delimitación y
Expropiación del ámbito "La Estación" de
Colmenar Viejo, publicándose mediante la inserción de
los correspondientes anuncios en el B.O.C.M. y el
B.O.E., así como en un periódico de los de mayor
circulación de la provincia, junto con el Anexo de
relación de fincas y afectados (Anexo I), con
notificación personal de los titulares de los bienes y
derechos afectados, a los que se remitirán las hojas
de valoración individualizadas y criterios utilizados,
y dar audiencia simultánea por igual período al
Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en cuyo término
municipal radica los bienes y derechos afectados
por la expropiación.
El expediente de expropiación podrá ser
examinado durante el tiempo que dure el trámite de
información pública en los locales de la Consejería de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Calle
Maudes, 51, 5Planta de Madrid y en el
Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
Asimismo, se señala que la Resolución que en
su día se adopte sobre la aprobación del presente
Proyecto de Expropiación implicará la designación
de esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio como organismo expropiante y como
beneficiario de la misma el Consorcio Urbanístico
"La Estación".
La presente actuación por el procedimiento de
Tasación Conjunta, conforme con lo establecido en
el art. 138.4 del Texto Refundido de la Ley del
Suelo aprobado por R.D. 1346/76 de 9 de abril
y el art. 203 del Reglamento de Gestión Urbanística,
en relación con el art. 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, llevará implícita la declaración de urgencia
de bienes y derechos afectados, a cuyos efectos
también se cumplimentará el trámite de Información
Pública previsto en el art. 86 de la Ley 30/92, de 26
de noviembre reformada por la Ley 4/99, de 13
de enero.
Madrid, 6 de abril de 2004.-La Directora General
de Suelo, Silvia del Saz Cordero.-19.056.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid