Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-117069

Anuncio de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones sobre notificación de la apertura de expediente de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros a Riesgo y Previsión, Correduría de Seguros, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2004, páginas 4236 a 4236 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2004-117069

TEXTO

Esta Dirección General ha tenido conocimiento

de que el Administrador único de la sociedad Riesgo

y Previsión, Correduría de Seguros, S.L., D. Juan

Antonio Fernández Mate ejerce simultáneamente

desde el 23 de febrero de 2001 como apoderado

de la sociedad de agencia de seguros Alfer Risc, SL.,

y como administrador único de la sociedad de

agencia de seguros Special Coverage, S.L., según consta

en las correspondientes inscripciones del Registro

Mercantil de Barcelona.

Dicha circunstancia está contemplada como causa

de incompatibilidad para las sociedades de

correduría de seguros, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 23.2 de la Ley 9/1992, de 30 de

abril, de Mediación en Seguros privados.

En consecuencia, el administrador único de esa

sociedad habría incumplido lo dispuesto en el

artículo 22.3 de la citada Ley, en cuanto que "no

podrán ejercer la actividad de corredor de seguros,

por sí ni por persona interpuesta, los agentes de

seguros, y los administradores, delegados, directores

o quienes bajo cualquier título lleven la dirección

de las sociedades que ejerzan la actividad de agencia

de seguros, así como los empleados de dichos

agentes o sociedad de agencia".

Además, la concurrencia continuada de esta causa

de incompatibilidad en el administrador único de

esa sociedad, supondría que no ha venido

observando una trayectoria de respeto a las leyes

mercantiles, en concreto a la Ley de Medición en

Seguros Privados, y en por tanto no cumpliría el requisito

exigido a los administradores de las sociedades de

correduría de seguros en el artículo 15.3 letra b,

en relación con el artículo 17.a) de la precitada

Ley 9/1992, para que una sociedad obtenga y

conserve la autorización administrativa para ejercer la

actividad de correduría de seguros.

Por otra parte, la existencia de dicha

incompatibilidad compromete, además, la capacidad de la

correduría para ofrecer un asesoramiento

independiente a sus mandatarios, característica principal de

estos mediadores de seguros exigida, en el

artículo 14 de la Ley 9/1992.

Todo ello determina que la correduría podría

incurrir en las causas de revocación de la

autorización administrativa contempladas en las letras b)

y c) del artículo 19.1 de la Ley 9/1992.

A la vista de lo anterior y de conformidad con

lo dispuesto en el artículo 19.1.b de dicha Ley,

esta Dirección General ha acordado el inicio de

procedimiento de revocación de la autorización

administrativa para el ejercicio de la actividad de

correduría de seguros a Riesgo y Previsión,

Correduría de Seguros, S.L.

Por otra parte y a fin de verificar si esa sociedad

ha venido cumpliendo el requisito para conservar

la autorización administrativa exigido en el

artículo 15.3 d) de la Ley 9/1992, de 30 de abril de

Mediación en Seguros Privados, deberá remitir la

acreditación documental de la contratación de la

póliza de seguro de responsabilidad civil profesional

para corredores de seguros, exigida en el

artículo 15.3 letra d) de la Ley 9/1992, correspondiente

a los ejercicios de 2000, 2001, 2002 y 2003.

Conforme a lo establecido en el artículo 19.1 de la

Ley 9/1992 de Mediación en Seguros Privados y

el 84 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se

pone de manifiesto el expediente para que, en un

plazo de diez días, aporte la documentación que

se relaciona anteriormente y formule las alegaciones

que estime oportunas con relación al expediente

de referencia.

Madrid, 29 de abril de 2004.-El Director General

de Seguros y Fondos de Pensiones, José Carlos

García de Quevedo Ruiz.-18.988.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid