Desconociéndose el actual domicilio de don
Carlos Golmar Gómez, por no hallársele en el de la
calle Cardencha 53, 10, de Madrid, se le hace saber
por la Directora General Gerente del Instituto para
la vivienda de las Fuerzas Armadas, y en el
expediente incoado para el ejercicio del desahucio de
la vivienda de la que es titular, que se ha dictado
con fecha de 3 de marzo de 2004, Resolución de
desahucio por impago, al ser la causa de resolución
de contrato de vivienda militar contemplado en la
letra a) ("La falta de pago del canon arrendaticio
de uso o de las cantidades cuyo abono haya asumido
o sean repercutibles al usuario, correspondientes a
tres mensualidades") del artículo 10, párrafo 1
de la Ley 26/ 1999, de 9 de julio de medidas de
apoyo a la movilidad geográfica de los miembros
de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley
24/2001, de 27 de diciembre de medidas fiscales,
administrativas y del orden social, posteriormente
por la Ley 53/2002 de 30 de diciembre de 2002
de medidas fiscales, administrativas y del orden
social, y finalmente por la Ley 31 de diciembre
de 2003 de medidas fiscales, administrativas y del
orden social.
Madrid, 3 de mayo de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-18.287.
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