Por medio del presente anuncio, una vez agotadas
todas las posibilidades de entregar el escrito a la
Entidad, se pone en conocimiento de la
Confederación de Asociaciones de Vecinos, Consumidores
y Usuarios de España, que tuvo su último domicilio
conocido en la avda. de Canillejas a Vicálvaro, 82;
28022 de Madrid.
Que con fecha 9 de de abril de 2003 y transcurrido
el plazo para presentar alegaciones, la Secretaría
General de Asuntos Sociales dictó la siguiente
Resolución, según anexo que se encuentra a su
disposición en la Dirección General de Acción Social
del Menor y de la Familia:
Declarar el incumplimiento total en la
justificación de la aplicación de la subvención percibida
por la clave con NIF G-58802059 en el año 2001
y la obligación de proceder al reintegro de 60.101,21
euros (10.000.000 ptas.), correspondientes a la
incorrecta justificación de la totalidad de la
subvención por los motivos que se indican en el anexo
que a este escrito se acompañan. Dicha cuantía
no incluye los intereses de demora que se calcularán
de conformidad con lo establecido en el artículo
36 de la Ley General Presupuestaria.
De la presente Resolución, de conformidad con
lo previsto en el art. 3 de la Orden Ministerial de
Economía y Hacienda de 23 de julio de 1996, se
dará traslado en el plazo de 10 días a la Delegación
Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda
correspondiente a su domicilio, a fin de que inicie
el procedimiento de recaudación de reintegro.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos,
significándose que la presente Resolución pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra
la misma Recurso Contencioso-Administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, de conformidad con lo
previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14),
y en la Ley 29/1998, de 13 de julio (B.O.E.
del 14), reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa.
Potestativamente y con carácter previo al anterior,
podrá interponerse recurso de reposición ante el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al
de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en los referidos preceptos.
Madrid, 14 de abril de 2004.-La Directora
general, Pilar Dávila del Cerro.-16.383.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid