Desconociéndose el actual domicilio de doña
Carmen Latasa Multiva, por no hallársele en el de la
calle Comandante Benítez, 6, 3.o izquierda, de
Madrid, se le hace saber por el Director General
Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas
Armadas, y en el expediente incoado para el ejercicio
del desahucio de la vivienda de la que es beneficiaria,
que se ha dictado con fecha de 24 de febrero de
2004, resolución de desahucio por impago, al ser
la causa de resolución de contrato de vivienda militar
contemplado en la letra a) ("La falta de pago del
canon arrendaticio de uso o de las cantidades cuyo
abono haya asumido o sean repercutibles al usuario,
correspondientes a tres mensualidades") del artículo
10, párrafo 1.o, de la Ley 26/1999, de 9 de julio,
de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de
los miembros de las Fuerzas Armadas, modificada
por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas
fiscales, administrativas y del orden social,
posteriormente por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre,
de medidas fiscales, administrativas y del orden
social, y finalmente por la Ley de 31 de diciembre
de 2003, de medidas fiscales, administrativas y del
orden social. En consecuencia, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 26/1999,
de 9 de julio, le requiero a fin de que proceda al
desalojo voluntario en el plazo de un mes, a partir
de la publicación del presente edicto, bajo
apercibimiento, en caso de incumplimiento de que se
instruirá el procedimiento previsto en el
artículo 10.4 a fin de obtener su efectividad.
Madrid, 23 de abril de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-16.668.
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