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La Dirección General de Muface ha resuelto,
con fecha 9 de marzo de 2004, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y al no haberse podido
practicar la notificación de requerimiento de pago
de la Resolución de la Jefatura de la Oficina
Delegada de Muface en Educación, de fecha 28 de
enero de 2003, por abonos indebidos del Subsidio
de Incapacidad Temporal, por la mutualista doña
Isabel Rodríguez Gutiérrez, con domicilio en
Valverde, 18, 28004 Madrid, que se inserte en el
Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos
del Ayuntamiento de su último domicilio, la
notificación de requerimiento de pago, advirtiéndole
que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del
Reglamento General del Mutualismo
Administrativo, se le concede un plazo de quince días para
proceder al abono de la cantidad adeudada, 73,89
euros, mediante ingreso en la cuenta número
9000-0001-20-020000698-7 abierta en Banco de
España.
Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido
al indicado ingreso, se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación en vía
ejecutiva.
Contra la presente Resolución que no pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Ministerio de Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes a partir del día
inmediato a la fecha de su publicación.
Madrid, 21 de abril de 2004.-El Director General,
Isaías López Andueza.-16.008.
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