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En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se notifica a don Daniel Aleu Pecci,
con D.N.I. 32.862.140, con último domicilio
conocido en Paseo Virgen de la Estrella, número 4, 5.o C,
San Fernando (Cádiz), el extracto de la resolución
dictada en procedimiento de reintegro por pagos
indebidos en la nómina de la Armada relativo al
interesado, por los motivos siguientes:
Concepto del pago indebido: El interesado causó
baja en la Armada el 17 de octubre de 2000, por
resolución del compromiso; sin embargo, le fue
abonada en su totalidad la nómina del referido mes.
Fecha de la nómina del pago indebido: Octubre
de 2000.
Importe total a reintegrar por pago indebido:
60,19 euros.
Por lo expuesto, de conformidad con el
artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
y en virtud de las competencias atribuidas a esta
Dirección en el punto 5 de la Orden del Ministerio
de Defensa 22/1991, he resuelto anular la nómina
correspondiente al mes de octubre de 2000, en lo
que afecta al importe y conceptos indicados
anteriormente y, en consecuencia, declaro indebido el
pago de sesenta euros con diecinueve céntimos
(60,19) percibidos por el interesado.
La presente resolución es definitiva en vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante mi Autoridad,
en el plazo de un mes, o bien recurso
contenciosoadministrativo ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses,
en ambos casos a contar desde el día siguiente en
que la misma le sea notificada.
El expediente del presente procedimiento se
encuentra a disposición del interesado en la Sección
de Retribuciones de la Dirección de Asuntos
Económicos de la Armada, Calle Juan de Mena,
1-28014 Madrid.
Madrid, 20 de abril de 2004.-Por delegación del
Ministro de Defensa (O.M. 4/1996, de 11 de enero
BOE 16), el Director de Asuntos Económicos de
la Armada, Pedro Fernández Estalayo.-15.278.
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