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Documento BOE-B-2003-98051

Resolución de la Jefa de la Oficina Nacional de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre anuncio de subasta de bienes.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2003, páginas 3318 a 3319 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2003-98051

TEXTO

La Jefa de la Oficina Nacional de Recaudación

del Departamento de Recaudación de la AEAT,

hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 130 de la Ley General Tributaria y

en los artículos 111, 146 y siguientes del Reglamento

General de Recaudación (R.D. 1684/90 de 20 de

diciembre, BOE de 3 de enero de 1991), habiéndose

dictado acuerdo de fecha 27 de marzo de 2003

decretando la venta de bienes inmuebles dentro del

expediente ejecutivo seguido contra el deudor

"Petróleos Peninsulares, Sociedad Anónima"

(A78411998) y que fueron ofrecidos en garantía

por dicha sociedad y por "Compañía Extremeña

de Mercados, Sociedad Anónima" (A06049720)

formalizadas en escrituras de hipotecas inmobiliarias

otorgadas en Madrid los días 19 de octubre de 1999

y 3 de julio de 2002, ambas ante el Notario de

Madrid D. Ignacio Maldonado Ramos, se dispone

la venta de los bienes que se detallarán

posteriormente, mediante subasta que se celebrará el día

24 de junio de 2003 a las 10,00 en el salón de

actos del Departamento de Recaudación de la

AEAT, sito en Madrid, calle San Enrique, 17.

En cumplimiento del artículo 146 del citado

Reglamento, se publica el presente anuncio y se

advierte a las personas que deseen tomar parte en

la subasta de lo siguiente:

Primero.-Los bienes a subastar están afectos por

las cargas y gravámenes que figuran en la descripción

de los bienes, y que constan en el expediente, las

cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse

a su extinción el precio del remate.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago del principal, recargos, intereses

y costas del procedimiento.

Tercero.-Los licitadores podrán enviar o

presentar sus ofertas en sobre cerrado, desde el anuncio

de subasta hasta una hora antes del comienzo de

ésta, sin perjuicio de que puedan participar

personalmente en la licitación con posturas superiores

a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter

de máximas, serán registradas en el Registro General

de la AEAT sito en Madrid, calle Lérida, 32-34,

y deberán ir acompañadas de cheque conformado

extendido a favor del Tesoro Público por el importe

del depósito.

Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta depósito de garantía, en metálico

o cheque conformado a favor del Tesoro Público,

que será de al menos el 20 por 100 del tipo de

aquélla, depósito que se ingresará en firme en el

Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe del depósito origine la inefectividad

de la adjudicación.

Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados

los bienes en una primera licitación, la Mesa de

Subasta podrá realizar, si lo juzga procedente, una

segunda licitación, fijando el nuevo tipo de subasta

en el 75 por 100 del importe de la primera, o bien

se anunciará la iniciación del trámite de adjudicación

directa que se llevará a cabo de acuerdo con el

artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación.

Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto,

o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de

adjudicación.

Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se

iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo

máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas

en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la

Mesa de Subastas.

La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas

al término del plazo del mes desde su inicio,

pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna

de ellas se considera suficiente en ese momento.

En caso contrario, se anunciará la extensión de un

mes más para presentación de nuevas ofertas o

mejora de las ya existentes, comunicando el importe de

la mejor oferta recibida, para la mejora de las

mis

mas. Todo ello, sin perjuicio de la validez de las

ofertas presentadas hasta ese momento y durante

todo el trámite de adjudicación directa.

El precio mínimo en adjudicación directa será

el tipo de subasta en 1.a licitación cuando no se

haya considerado procedente celebrar una 2.a

licitación. En el caso de que exista 2.a licitación, no

habrá precio mínimo. Si tras la apertura de sobres,

alguna oferta se considerase económicamente

suficiente, se comunicará al adjudicatario, el cual

dispondrá de cinco días hábiles para efectuar el pago.

Octavo.-La Hacienda se reservará el derecho de

adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen

sido objeto de remate, conforme al artículo 158

y siguientes del Reglamento General de

Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.

Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles

en registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos

títulos estarán a disposición de los interesados en la

Oficina Nacional de Recaudación, calle Infanta

Mercedes, 49, de Madrid, donde podrán ser examinados

durante los quince días anteriores a la celebración

de la subasta, de 9 a 14 horas.

En caso de no estar inscritos los bienes en el

registro, la escritura de adjudicación es título,

mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación

en los términos previstos en el artículo 199 b) de

la Ley Hipotecaria y en los demás casos se atenderá

a lo dispuesto en el Título VI de dicha Ley.

Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados

de la transmisión serán por cuenta del adjudicatario.

Respecto al estado de deudas con la comunidad

de propietarios, que pudieran existir, de las viviendas

o locales, el adjudicatario exonera expresamente a

la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley

49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal,

modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la

obligación de aportar certificación sobre el estado

de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del

mismo los gastos que queden pendientes de pago

según Ley.

Undécimo.-El procedimiento de apremio se

suspenderá en los términos y condiciones señaladas

en los artículos 135 y 136 de la Ley General

Tributaria.

Duodécimo.-En todo lo no previsto en este

anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones

legales que regulen el acto.

Relación de bienes a subastar

Lote uno.-Descripción registral. Rústica: Olivar

en término de Argamasilla de Calatrava (Ciudad

Real), al sitio Cantorrales, de caber dieciséis áreas.

Linda: Norte, la variante de la carretera N-420 que

conduce al Complejo Industrial de Puertollano; sur,

Luis Molina Fernández y otra; este, Ventura García,

y oeste, Petróleos Peninsulares, Sociedad Anónima.

Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de

Almodóvar del Campo, en el tomo 1.569, libro 170,

folio 162, finca n.o 11.438.

Valorada en 236.413,00 euros, siendo el tipo de

subasta en primera licitación de 236.413,00 euros.

Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán

suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.

Lote dos.-Descripción registral. Rústica: Tierra

secano cereal en término de Argamasilla de

Calatrava (Ciudad Real), al sitio Cantorrales, de caber

veintiséis áreas y quince centiáreas. Tiene forma

triangular. Linda: Norte, Brígido Domínguez; este,

otra finca propiedad de Petróleos Peninsulares,

Sociedad Anónima, y oeste, la variante de la

carretera nacional 430 que conduce al Complejo

Petroquímico de Puertollano.

Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de

Almodóvar del Campo, en el tomo 1.552, libro 168,

folio 156, finca n.o 11.325.

Valorada en 386.388,00 euros, siendo el tipo de

subasta en primera licitación de 386.388,00 euros.

Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán

suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.

Lote tres.-Descripción registral. Rústica: Tierra

secano cereal, en término de Argamasilla de

Calatrava (Ciudad Real), al sitio Cantorrales, de caber

treinta y tres áreas y setenta y cuatro centiáreas.

Linda: Norte, Luis y Consuelo Molina Fernández;

sur, herederos de Tomás Escudero; este, Pío Arias

Delgado; y oeste, Petróleos Peninsulares, Sociedad

Anónima. Finca inscrita en el Registro de la

Propiedad de Almodóvar del Campo, en el tomo 1.590,

libro 171, folio 106, finca n.o 11.499.

Valorada en 498.536,00 euros, siendo el tipo de

subasta en primera licitación de 498.536,00 euros.

Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán

suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.

Lote cuatro.-Descripción registral. Rústica:

Terreno destinado a cultivo de cereal secano, parcela

41, polígono 8, en el paraje Pozuelo, en término

municipal de Cervera de la Cañada. Ocupa una

superficie de cincuenta y un áreas y veintiuna

centiáreas, y linda: Norte, carretera; sur, Pilar Cigüela;

este, herederos de José Luis Hernández Calvo, y

oeste, Acequia Pozuelo.

Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de

Ateca, en el tomo 1.462, libro 43, folio 23, finca

n.o 4.190.

Valorada en 238.067,00 euros, siendo el tipo de

subasta en primera licitación de 238.067,00 euros.

Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán

suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.

Las cargas, gravámenes y situaciones jurídicas que

afectan a los bienes y que han de quedar subsistentes

son las siguientes: Ninguna, según la documentación

registral que consta en el expediente. En cualquier

caso, el adjudicatario se subrogará en todas las

cargas, gravámenes y derechos que legalmente deban

quedar subsistentes.

Madrid, 8 de abril de 2003.-La Jefa de la Oficina

Nacional de Recaudación, Ana Jiménez

García.-&14.939.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Aragón, Castilla-La Mancha
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Varios lotes de servicios.

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