La Jefa de la Oficina Nacional de Recaudación
del Departamento de Recaudación de la AEAT,
hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 130 de la Ley General Tributaria y
en los artículos 111, 146 y siguientes del Reglamento
General de Recaudación (R.D. 1684/90 de 20 de
diciembre, BOE de 3 de enero de 1991), habiéndose
dictado acuerdo de fecha 27 de marzo de 2003
decretando la venta de bienes inmuebles dentro del
expediente ejecutivo seguido contra el deudor
"Petróleos Peninsulares, Sociedad Anónima"
(A78411998) y que fueron ofrecidos en garantía
por dicha sociedad y por "Compañía Extremeña
de Mercados, Sociedad Anónima" (A06049720)
formalizadas en escrituras de hipotecas inmobiliarias
otorgadas en Madrid los días 19 de octubre de 1999
y 3 de julio de 2002, ambas ante el Notario de
Madrid D. Ignacio Maldonado Ramos, se dispone
la venta de los bienes que se detallarán
posteriormente, mediante subasta que se celebrará el día
24 de junio de 2003 a las 10,00 en el salón de
actos del Departamento de Recaudación de la
AEAT, sito en Madrid, calle San Enrique, 17.
En cumplimiento del artículo 146 del citado
Reglamento, se publica el presente anuncio y se
advierte a las personas que deseen tomar parte en
la subasta de lo siguiente:
Primero.-Los bienes a subastar están afectos por
las cargas y gravámenes que figuran en la descripción
de los bienes, y que constan en el expediente, las
cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse
a su extinción el precio del remate.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago del principal, recargos, intereses
y costas del procedimiento.
Tercero.-Los licitadores podrán enviar o
presentar sus ofertas en sobre cerrado, desde el anuncio
de subasta hasta una hora antes del comienzo de
ésta, sin perjuicio de que puedan participar
personalmente en la licitación con posturas superiores
a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter
de máximas, serán registradas en el Registro General
de la AEAT sito en Madrid, calle Lérida, 32-34,
y deberán ir acompañadas de cheque conformado
extendido a favor del Tesoro Público por el importe
del depósito.
Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta depósito de garantía, en metálico
o cheque conformado a favor del Tesoro Público,
que será de al menos el 20 por 100 del tipo de
aquélla, depósito que se ingresará en firme en el
Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio
del remate, sin perjuicio de las responsabilidades
en que incurrirán por los mayores perjuicios que
sobre el importe del depósito origine la inefectividad
de la adjudicación.
Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados
los bienes en una primera licitación, la Mesa de
Subasta podrá realizar, si lo juzga procedente, una
segunda licitación, fijando el nuevo tipo de subasta
en el 75 por 100 del importe de la primera, o bien
se anunciará la iniciación del trámite de adjudicación
directa que se llevará a cabo de acuerdo con el
artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto,
o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia
entre el depósito constituido y el precio de
adjudicación.
Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se
iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo
máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas
en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la
Mesa de Subastas.
La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas
al término del plazo del mes desde su inicio,
pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna
de ellas se considera suficiente en ese momento.
En caso contrario, se anunciará la extensión de un
mes más para presentación de nuevas ofertas o
mejora de las ya existentes, comunicando el importe de
la mejor oferta recibida, para la mejora de las
mis
mas. Todo ello, sin perjuicio de la validez de las
ofertas presentadas hasta ese momento y durante
todo el trámite de adjudicación directa.
El precio mínimo en adjudicación directa será
el tipo de subasta en 1.a licitación cuando no se
haya considerado procedente celebrar una 2.a
licitación. En el caso de que exista 2.a licitación, no
habrá precio mínimo. Si tras la apertura de sobres,
alguna oferta se considerase económicamente
suficiente, se comunicará al adjudicatario, el cual
dispondrá de cinco días hábiles para efectuar el pago.
Octavo.-La Hacienda se reservará el derecho de
adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen
sido objeto de remate, conforme al artículo 158
y siguientes del Reglamento General de
Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles
en registros públicos, los licitadores se conformarán
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos
títulos estarán a disposición de los interesados en la
Oficina Nacional de Recaudación, calle Infanta
Mercedes, 49, de Madrid, donde podrán ser examinados
durante los quince días anteriores a la celebración
de la subasta, de 9 a 14 horas.
En caso de no estar inscritos los bienes en el
registro, la escritura de adjudicación es título,
mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación
en los términos previstos en el artículo 199 b) de
la Ley Hipotecaria y en los demás casos se atenderá
a lo dispuesto en el Título VI de dicha Ley.
Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados
de la transmisión serán por cuenta del adjudicatario.
Respecto al estado de deudas con la comunidad
de propietarios, que pudieran existir, de las viviendas
o locales, el adjudicatario exonera expresamente a
la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley
49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal,
modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la
obligación de aportar certificación sobre el estado
de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del
mismo los gastos que queden pendientes de pago
según Ley.
Undécimo.-El procedimiento de apremio se
suspenderá en los términos y condiciones señaladas
en los artículos 135 y 136 de la Ley General
Tributaria.
Duodécimo.-En todo lo no previsto en este
anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones
legales que regulen el acto.
Relación de bienes a subastar
Lote uno.-Descripción registral. Rústica: Olivar
en término de Argamasilla de Calatrava (Ciudad
Real), al sitio Cantorrales, de caber dieciséis áreas.
Linda: Norte, la variante de la carretera N-420 que
conduce al Complejo Industrial de Puertollano; sur,
Luis Molina Fernández y otra; este, Ventura García,
y oeste, Petróleos Peninsulares, Sociedad Anónima.
Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de
Almodóvar del Campo, en el tomo 1.569, libro 170,
folio 162, finca n.o 11.438.
Valorada en 236.413,00 euros, siendo el tipo de
subasta en primera licitación de 236.413,00 euros.
Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán
suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.
Lote dos.-Descripción registral. Rústica: Tierra
secano cereal en término de Argamasilla de
Calatrava (Ciudad Real), al sitio Cantorrales, de caber
veintiséis áreas y quince centiáreas. Tiene forma
triangular. Linda: Norte, Brígido Domínguez; este,
otra finca propiedad de Petróleos Peninsulares,
Sociedad Anónima, y oeste, la variante de la
carretera nacional 430 que conduce al Complejo
Petroquímico de Puertollano.
Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de
Almodóvar del Campo, en el tomo 1.552, libro 168,
folio 156, finca n.o 11.325.
Valorada en 386.388,00 euros, siendo el tipo de
subasta en primera licitación de 386.388,00 euros.
Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán
suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.
Lote tres.-Descripción registral. Rústica: Tierra
secano cereal, en término de Argamasilla de
Calatrava (Ciudad Real), al sitio Cantorrales, de caber
treinta y tres áreas y setenta y cuatro centiáreas.
Linda: Norte, Luis y Consuelo Molina Fernández;
sur, herederos de Tomás Escudero; este, Pío Arias
Delgado; y oeste, Petróleos Peninsulares, Sociedad
Anónima. Finca inscrita en el Registro de la
Propiedad de Almodóvar del Campo, en el tomo 1.590,
libro 171, folio 106, finca n.o 11.499.
Valorada en 498.536,00 euros, siendo el tipo de
subasta en primera licitación de 498.536,00 euros.
Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán
suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.
Lote cuatro.-Descripción registral. Rústica:
Terreno destinado a cultivo de cereal secano, parcela
41, polígono 8, en el paraje Pozuelo, en término
municipal de Cervera de la Cañada. Ocupa una
superficie de cincuenta y un áreas y veintiuna
centiáreas, y linda: Norte, carretera; sur, Pilar Cigüela;
este, herederos de José Luis Hernández Calvo, y
oeste, Acequia Pozuelo.
Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de
Ateca, en el tomo 1.462, libro 43, folio 23, finca
n.o 4.190.
Valorada en 238.067,00 euros, siendo el tipo de
subasta en primera licitación de 238.067,00 euros.
Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán
suponer un incremento mínimo de 2.000,00 euros.
Las cargas, gravámenes y situaciones jurídicas que
afectan a los bienes y que han de quedar subsistentes
son las siguientes: Ninguna, según la documentación
registral que consta en el expediente. En cualquier
caso, el adjudicatario se subrogará en todas las
cargas, gravámenes y derechos que legalmente deban
quedar subsistentes.
Madrid, 8 de abril de 2003.-La Jefa de la Oficina
Nacional de Recaudación, Ana Jiménez
García.-&14.939.
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