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Se comunica a los señores partícipes del Fondo
de Inversión que a continuación se detalla que se
va a proceder a la modificación del Reglamento
de Gestión de BK Garantía Japón 2003, Fondo
de Inversión Mobiliaria, al objeto, entre otros, de
cambiar su denominación por la de BK Garantía
Cupón Ganador II, Fondo de Inversión Mobiliaria.
Tal y como establece la normativa vigente, y dado
el cambio en la política de inversión del fondo y
el cambio de las comisiones aplicables, los partícipes
podrán ejercer el derecho de separación con
reembolso de sus participaciones. A este reembolso no
se le aplicarán comisiones, descuentos ni ningún
otro gasto, salvo las repercusiones fiscales que
resulten en cada caso. Una vez transcurrido el período
correspondiente al derecho de separación, las
comisiones pasarán a ser las siguientes:
Gestión: 2,25 por ciento.
Depósito: 0,20 por ciento.
Reembolso: La comisión será del 3 por ciento
a partir del 17.06.2003, excepto los días 17 de
diciembre de 2003, 17 de junio de 2004 y 17 de
diciembre de 2004. Si alguno de los días anteriores
se declara no hábil por la Sociedad de Bolsas, se
realizará el reembolso el día hábil inmediatamente
posterior. Para el resto de las fechas no indicadas
anteriormente, la comisión de reembolso será del
3 por ciento.
Madrid, 16 de abril de 2003.-Mónica
López-Monís Gallego.-15.301.
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