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Documento BOE-B-2003-91099

Resolución de la directora general de Industria, de autorización del establecimiento de una instalación eléctrica, expediente UP 9/02, y declaración, en concreto, de utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2003, páginas 3098 a 3098 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-B-2003-91099

TEXTO

Antecedentes

La empresa Gas y Electricidad I, SA Unipersonal,

con domicilio social en la calle Joan Maragall, 16,

de Palma, solicitó, el 12 de abril de 2002, la

autorización administrativa y la declaración, en concreto,

de utilidad pública de la instalación eléctrica siguiente:

Instalación de una línea de baja tensión soterrada

desde el centro de transformación Granja Son Oleza,

en el término municipal de Valldemosa. En

cumplimiento de los trámites establecidos en el Decreto

99/1997, de 11 de julio, por el que se regula el

procedimiento aplicable en la tramitación de las

instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma

de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 26 de julio

de 1997); en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico

(BOE núm. 285, de 28 de noviembre de 1997),

y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre

(BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 2000),

esta solicitud se ha notificado de forma

individualizada a todos los titulares afectados para que puedan

formular las alegaciones procedentes, se ha sometido

a un período de información pública, mediante el

anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Illes

Balears núm. 112, de 17 de septiembre de 2002;

en el Boletín Oficial del Estado núm. 223, de 17

de septiembre de 2002, y en el diario Última Hora,

el 12 de septiembre de 2002; esta publicación

produce los efectos previstos en los artículos 58, 59

y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

régimen jurídico de las administraciones públicas

y del procedimiento administrativo común, a todos

los titulares afectados; y en cumplimiento de los

artículos 144 y 146 del Real decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de

diciembre de 2000), se ha notificado al Ayuntamiento

de Valldemosa para su exposición al público y para

su conocimiento como administración afectada.

El 10 de septiembre de 2002, el Ayuntamiento

de Valldemosa recibió la solicitud de emisión de

un informe y de acreditación de la exposición

pública del proyecto de acuerdo con lo que establece

el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que

en el artículo 146 prevé que "el órgano encargado

de la tramitación del expediente, simultáneamente

al trámite de información pública, ha de informar

de la solicitud y de la parte del documento técnico

por el que las distintas administraciones,

organismos, empresas de servicio público o de servicios

de interés general resulten afectadas, a fin de que

éstas emitan el informe correspondiente. Se

entenderá que no existe ninguna objeción cuando, pasados

veinte días y reiterada la petición, transcurran diez

días más sin que se haya recibido respuesta de las

citadas administraciones, organismos públicos o

empresas señaladas".

El Ayuntamiento de Valldemosa expidió, el 5 de

febrero de 2003, con registro de entrada en la

Consejería de Economía, Comercio e Industria núm.

5108/2003, el correspondiente informe favorable,

acordado por la Comisión de Gobierno en la sesión

de 4 de febrero de 2003.

Alegaciones.

El 1 de octubre de 2002, con registro de entrada

núm. 46049/2002, el señor Pedro Coll Oliver

presentó un escrito de alegaciones en el que solicita

que se deniegue la autorización de la instalación

basándose en las siguientes consideraciones:

1. Confusión entre las entidades solicitantes Gas

y Electricidad, Distribución Eléctrica, SA, y Endesa

Distribución Eléctrica, SLU, visto que ambas,

aunque en documentos diferentes, figuran al expediente

como solicitantes.

2. La solicitud incumple los requisitos de los

artículos 21.2 y 53.1 de la Ley 54/1997, de 27

de noviembre, del sector eléctrico.

3. No consta la declaración de utilidad pública

de la instalación ni se acredita que el proyecto

presentado sea la única vía posible y necesaria para

instalar la línea de baja tensión soterrada.

Trasladado el escrito de alegaciones al solicitante,

éste defiende el proyecto a partir de la normativa

del sector eléctrico, y explica el cambio de

denominación de Gas y Electricidad Distribución

Eléctrica, SA a Endesa Distribución Eléctrica, SLU;

justifica el trazado propuesto ya que la alternativa es

un paralelismo con carreteras que prohibe la

legislación vigente. Visto que el artículo 21.2 de la Ley

del sector eléctrico forma parte del título de

Producción de energía eléctrica, es decir, se refiere a

las instalaciones de generación de energía y no a

las de suministro, y que el solicitante si cumplió

con lo que establece el artículo 53.1, ya que presentó

los datos de las fincas afectadas por el proyecto;

Vista la autorización del Departamento de Obras

Públicas y Urbanismo del Consell Insular de

Mallorca;

Visto el informe favorable de la Sección de Alta

Tensión de la Dirección General de Industria;

Visto que el artículo 18 del Decreto 58/2001,

de 6 de abril, de aprobación del Plan director

sectorial energético de las Illes Balears prevé, como

norma general, que las líneas de baja tensión tienen

que ser soterradas; Vista la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de régimen jurídico de las

administraciones públicas y del procedimiento

administrativo común y las otras normas legales que sean

de aplicación; Por todo eso, cumplidos los trámites

administrativos que establecen la Ley 54/1997, de

27 de noviembre, del sector eléctrico; el título VII

del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

y el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que

se regula el procedimiento aplicable en la

tramitación de las instalaciones eléctricas de la

comunidad autónoma de las Illes Balears, todos ya citados;

Haciendo uso de las atribuciones que tengo

legalmente conferidas, resuelvo:

1. Autorizar la instalación de una línea de baja

tensión soterrada desde el centro transformador

Granja Son Oleza, en el término municipal de

Valldemosa, con las características técnicas siguientes:

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, SL

Unipersonal.

Domicilio: calle Joan Maragall, 16, Palma.

Situación de la instalación: en el término

municipal de Valldemosa.

Finalidad de la instalación: dotar de suministro

eléctrico a una vivienda que se tiene que construir

en la finca denominada es Verger. Datos técnicos:

red de baja tensión soterrada desde el centro

transformador Granja Son Oleza, conductores de Al de

150 milímetros cuadrados de sección.

Longitud: 243 metros. Tensión: 220-380 voltios.

Presupuesto: 5.513,34 euros.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación

eléctrica que se autoriza, conforme a lo que

establecen los artículos 52 y siguientes de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico,

que lleva implícita, en su caso, la necesidad de

ocupación de los bienes o la adquisición de los derechos

afectados de los propietarios con quien la persona

solicitante no ha llegado a un acuerdo, e implica

la ocupación urgente de los bienes y derechos

citados en el anexo de esta Resolución, a los efectos

previstos en el artículo 52 de la Ley de expropiación

forzosa de 16 de diciembre de 1954.

3. Contra esta Resolución se puede interponer

un recurso potestativo de reposición ante el

consejero de Economía, Comercio e Industria, en el

plazo de un mes a contar desde el día siguiente

al de su notificación y publicación en el Boletín

Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que

establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las

administraciones públicas y del procedimiento

administrativo común; o un recurso contencioso

administrativo ante la Sala Contencioso-administrativa

del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears,

de acuerdo con lo que establecen los artículos 8

y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el

plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

al de su notificación y publicación en el Boletín

Oficial de las Illes Balears.

Anexo

Relación concreta e individualizada de bienes y

derechos afectados

Propietario titular: Pedro Coll Oliver.

Domicilio: calle Afores, s/n 07170 Valldemosa.

Finca registral afectada: 864.

Afección:

Longitud de línea de baja tensión soterrada:

243 m.

Amplitud del camino: 3 m.

Superficie afectada: 243 ^ 3 = 729 m2

Palma de Mallorca, 26 de marzo de 2003.-La

directora general de Industria Francisca Vives

Amer.-14.334.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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