Ha sido admitido el depósito de la modificación
de los estatutos del citado sindicato al comprobarse
que reune los requisitos previstos en la Ley Orgánica
11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical (Boletín
Oficial del Estado de 8 de agosto de 1985).
La modificación ha sido solicitada por D.
Leopoldo Villagra Miranda mediante escrito de fecha
28 de enero de 2003 y se ha tramitado con el
número 50/773-964.
Al observarse defectos en la documentación
presentada, se requirió con fecha 6 de febrero la
subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 3
de marzo de 2003.
El acuerdo por el que se aprueba la modificación
del artículo 5de los estatutos del sindicato fue
adoptado, por unanimidad, en la reunión de la Junta
Nacional del Sindicato, celebrada el día 10 de enero
de 2003.
La certificación del Acta está suscrita por D.
Leopoldo Villagra Miranda, en calidad de presidente
ejecutivo.
Por lo que, se dispone la inserción de este anuncio
en el Boletín Oficial del Estado y su exposición
en el tablón de anuncios de esta Dirección General,
a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el
documento depositado y obtener copia del mismo en este
Centro Directivo (sito en la calle Pío Baroja, 6;
despacho 210. Madrid), siendo posible impugnarlo
ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional,
conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de
la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por Real
Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (Boletín
Oficial del Estado de 11 de abril de 1995).
Madrid, 13 de marzo de 2003.-La Subdirectora
General, María Antonia Diego Revuelta.-11.375.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid