El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión,
interpuesto por Don Marcial Bartolomé Peña,
contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña de 27 de febrero de 2001,
(reclamación n.o 43/983/00), sobre providencia de
apremio, Acuerda: Declarar su inadmisibilidad.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 3 de marzo de 2003.-El Vocal Jefe de
la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&9.230.
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