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Documento BOE-B-2003-69159

FONMIX LAIETANA, FIM

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2003, páginas 2255 a 2255 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-69159

TEXTO

Anuncio de modificación de las comisiones de

gestión, depósito, suscripción y reembolso de "Fonmix

Laietana, FIM"

De conformidad con lo establecido en el

artículo 35 del Reglamento de Instituciones de Inversión

Colectiva, se pone en conocimiento de los partícipes

del Fondo Fonmix Laietana, Fondo de Inversión

Mobiliaria, la modificación del régimen de

comisiones a aplicar en el fondo de conformidad con

las siguientes especificaciones:

Modificación de comisiones: A partir de la fecha

de la inscripción del Folleto que recoge estos

cambios, la política de inversiones, pasará a ser en su

totalidad de renta fija, con lo cual la comisión de

gestión se reducirá pasando del 2 por 100 actual

al 1,15 por 100 sobre el patrimonio gestionado.

La comisión de depósito a partir de la misma fecha

se reducirá, pasando del 0,20 por 100 actual al

0,10 por 100 sobre el patrimonio gestionado.

Durante el periodo de duración de la garantía (del 15

de mayo del 2003 al 15 de noviembre del 2004

inclusive) se establece una comisión de reembolso

del 3 por 100 aplicable sobre el importe

reembolsado. Asimismo, durante el periodo de duración

de la garantía (del 15 de mayo del 2003 al 15

de noviembre de 2004 inclusive) se establece una

comisión de suscripción del 3 por 100 aplicable

sobre el importe suscrito. Una vez finalizado el

periodo de inversión garantizado y hasta el momento

en que se establezca un nuevo periodo de garantía,

o se modifique la política inversora del fondo, no

se aplicarán comisiones de suscripción ni de

reembolso (este periodo será como mínimo de 15 días),

transcurrido dicho periodo se restablecerán las

comisiones para la suscripción y reembolso de

participaciones en el 3 por 100.

Por este motivo, los partícipes de "Fonmix

Laietana, FIM", podrán optar en el plazo de un mes

a partir de la fecha de publicación del presente

anuncio en el Boletín Oficial del Estado, o de la

fecha de remisión de la comunicación de la

modificación del Folleto a los partícipes, si ésta fuera

posterior, por el reembolso de sus participaciones,

sin deducción alguna de comisión de reembolso ni

gasto alguno, por el valor liquidativo determinado

conforme a lo previsto en el artículo 41 del RIIC,

que corresponda a la fecha de inscripción de la

correspondiente modificación en los registros de la

Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Mataró, 14 de marzo de 2003.-Xavier Tribó

Boixareu, Director Gerente de "Ges Layetana,

Sociedad Anónima", SGIIC.-10.183.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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