Claves: 33-CR-3300; 39-CR-3150; 39-CR-3210,
y 39-CR-3280.
Vista la propuesta formulada sobre el expediente
de referencia, con la conformidad del ilustrísimo
señor Director general de Carreteras y los informes
emitidos en relación con el mismo, resuelvo:
Primero.-Hacer constar que el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en los artículos
32, 33, 34 y 35 de vigente Reglamento General
de Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre).
Segundo.-Aprobar el expediente de información
pública y definitivamente el estudio "Reordenación
de accesos y vías de servicio en autovía N-IV de
Andalucía. Tramo: L.P. Toledo-L.P. Jaén. Provincia
de Ciudad Real". Claves: 33-CR-3300; 39-CR-3150;
39-CR-3210, y 39-CR-3280, con las siguientes
prescripciones y consideraciones que deberán observarse
en los proyectos de construcción que desarrollen
el mismo:
1. Accesos números 13 al 17, puntos
kilométricos 206,600 al 207,050 (M.D.).
Se añadirá un acceso a la vía de servicio diseñada
en el estudio, lo cual no supondrá modificación
de trazado ni de presupuesto.
2. Acceso 19 bis, punto kilométrico 240,900 (M.I.).
Se deberán hacer los estudios técnicos y
económicos de detalle necesarios para concretar la
solución adecuada cuando se decida la ejecución de
la remodelación en este punto.
Las soluciones son:
a) La creación de un nuevo acceso a la altura
del punto kilométrico 240+300 de la calzada
izquierda, prolongando el carril de aceleración que parte
del punto kilométrico 241+300 materializando de
esta forma un tercer carril de longitud T = de 1.000
metros entre secciones características, para lo cual
habría que ampliar las estructuras existentes sobre
el arroyo interceptado en el punto kilométrico
240+800; así mismo sería necesario crear una nueva
incorporación a la autovía en el punto kilométrico
240+000 para lo cual habría que modificar
ligeramente el trazado del camino de servicio previsto
en el Estudio vigente. Desde el acceso construido
habría que completar el camino de servicio para
conectar con las viviendas.
b) La misma solución, pero trasladando la salida
al punto kilométrico 239,800 y así evitar el tercer
carril y la ampliación de las estructuras existentes
sobre el arroyo. Se necesitaría hacer tercer carril
entre la entrada de este nuevo enlace y la salida
del enlace del punto kilométrico 238,200.
c) No hacer ningún acceso nuevo y comunicar
las viviendas a través de un camino de servicio
bidireccional de unos 2,5 kilómetros con el enlace del
punto kilométrico 238,200.
d) Esta solución consistiría en suprimir los dos
pasos de la autovía sobre el meandro del arroyo
existente a la altura del punto kilométrico 240+800,
canalizando este en su totalidad paralelamente a
la autovía por su margen izquierda. Uno de los
pasos inferiores podría acondicionarse para
materializar la comunicación entre ambas márgenes y
a través de una calzada de servicio bidireccional
que conectase con el enlace del punto kilométrico
241+400 por la margen derecha, posibilitar todos
los movimientos.
3. Accesos 21A y 21B, puntos kilométricos
204,150 y 203,700 (M.I.).
Se construirá una salida cuyo carril de
deceleración arrancará en el punto kilométrico 204
aproximadamente y que desembocará en una glorieta que
se construirá sobre la vía de servicio bidireccional
proyectada a la altura del punto kilométrico 203,700
aproximadamente.
Se mantendrá la construcción de la vía de servicio
bidireccional proyectada y se cerrarán los accesos
del punto kilométrico 204,150 del punto kilométrico
203,650 y la salida del punto kilométrico 203,300.
4. Acceso número 24 (enlace de Valdepeñas),
punto kilométrico 197,800 (M.I.).
En el punto kilométrico 197,500, margen derecha,
se realizará una ligera rectificación del trazado de
la vía de servicio para afectar lo menos posible a
servicios existentes.
5. Acceso número 26, punto kilométrico
190,300 (M.I.).
Se podrá construir una entrada en dirección a
Madrid desde el final de la vía de servicio en el
punto kilométrico 190,300 aproximadamente,
siempre que por el interesado se asuma el incremento
de coste resultante.
6. Acceso número 29, punto kilométrico
177,400 (M.I.).
En el punto kilométrico 176 de la margen
izquierda se efectuará una ligera rectificación de trazado
de la vía de servicio diseñada para afectar lo menos
posible los servicios existentes, sin que haya costo
adicional.
7. Enlace de Almuradiel, punto kilométrico
232,250.
Visto el interés económico de la alegación
correspondiente, se considera conveniente incluirla entre
las actuaciones adicionales al Estudio realizado.
8. Enlace del punto kilométrico 160.
Se eliminará la conexión de la cañada con el
ramal de deceleración de la margen derecha llevando
dicha conexión a la intersección existente a la altura
del puente del enlace.
9. Acceso, punto kilométrico 222,000 (M.D.).
Se proyectarán distintas actuaciones para la
mejora de la seguridad vial (ensanche de la vía de servicio,
construcción de una glorieta en el enlace y
adecuación de la intersección de la vía con el camino
de servicio) en el tramo que discurre desde la salida
de la autovía que da acceso a la estación de servicio,
hasta la intersección de dicha vía de servicio con
el enlace del punto kilométrico 223,900.
Se hace constar que según el artículo 109 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, la presente resolución pone fin a la vía
administrativa.
La resolución del expediente, de acuerdo con el
artículo 35 del Reglamento General de Carreteras
(Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre) se
notificará a quienes hayan intervenido en el trámite
de información pública formulando observaciones
y será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 22 de enero de 2003.-El Ministro de
Fomento, P.D. (Resolución delegada de atribuciones
de 30 de mayo de 1996), el Secretario de Estado
de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.-&8.452.
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