Por Resolución de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas, de fecha 22 de enero de
2003 ("B.O.C.M." n.o 35, de 11 de febrero de 2003),
se ha declarado, en concreto, la utilidad pública
del soterramiento de un tramo de la Línea Eléctrica
a 220 kV doble circuito, San Sebastián de los
Reyes-Meco, entre los apoyos 5 y 11, en los términos
municipales de San Sebastián de los Reyes y
Paracuellos del Jarama, previa la correspondiente
información pública. Dicha declaración, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, lleva
implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
derechos afectados e implicará la urgente ocupación a
los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
En su virtud, esta Dirección General, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto
convocar a los titulares de los bienes y derechos
afectados en los Ayuntamientos donde radican las fincas
afectadas, como punto de reunión para, de
conformidad con el procedimiento que establece el
citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de
Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, las
de Ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clase de derechos o
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad así como el último
recibo de la contribución, pudiéndose acompañar,
a su costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman
oportuno.
El levantamiento de actas tendrá lugar el día 24
de abril de 2003 en el Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes y el día 25 de abril de 2003
en el Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama. El
orden del levantamiento de actas se comunicará
a cada interesado mediante la oportuna cédula de
citación, figurando la relación de titulares
convocados en el tablón de edictos de los Ayuntamientos
señalados.
Es de significar que esta publicación se realiza
igualmente a los efectos que determina el artículo
59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
En el expediente expropiatorio, "Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima", asumirá la
condición de beneficiaria.
Madrid, 11 de marzo de 2003.-El Director
general de Industria, Energía y Minas, Carlos López
Jimeno.-&9.374.
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