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Documento BOE-B-2003-50076

Anuncio de la Demarcación de Costas en Galicia correspondiente al deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa: La playa de Estorde, término municipal de Cee (A Coruña).

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2003, páginas 1575 a 1575 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2003-50076

TEXTO

Por Orden ministerial de 15 de abril de 2002

se aprobó el deslinde del tramo de unos setecientos

once (711) metros de longitud.

La Demarcación de Costas de Galicia, en

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Común, practica las siguientes

notificaciones para conocimiento y demás efectos, a

aquellos particulares de fincas colindantes con el dominio

público marítimo-terrestre a los que intentada la

notificación no se ha podido practicar: Andrade

Blanco, Aurelio. Playa de Estorde-Cee; Areas

Canosa, Ramona. Canosa, sin número. Lires-Cee; García,

Valentín. Avenida de Finisterre, 223. Cee; García,

Valeriano. Playa de Estorde. Cee; González, Pedro.

Playa de Estorde. Cee; Lago Blanco, Juan. Toba

de Abajo, sin número.

Cee; Pose Andrade, Bautista. Estorde-Toba. Cee.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto a lo dispuesto

en el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre,

por el que se aprueba el Reglamento General para

Desarrollo y Ejecución de la Ley de Costas,

modificado parcialmente por el Real Decreto 1112/1992,

de 18 de septiembre, se les notifica la Orden de

aprobación de deslinde, Orden ministerial de fecha

15 de abril de 2002, esta Dirección General, por

delegación del excelentísimo señor Ministro, y de

conformidad con el servicio jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo-terrestre del tramo de costa de

unos setecientos once (711) metros de longitud,

comprendido en la playa de Estorde, término

municipal de Cee, según se define en los planos que

se integran en el proyecto y que están fechados

en abril de 1996 los planos número 3, 4 y 5 y

en marzo de 2000 los planos números 1 y 2 y

firmados por el Jefe del Servicio de Gestión del

Dominio Público Marítimo-Terrestre y por el

Ingeniero Jefe de la Demarcación de Costas en Galicia.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Galicia, que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la Disposición

transitoria primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a

la vía administrativa los interesados en el expediente

que no sean Administraciones Públicas podrán

interponer con carácter potestativo recurso de reposición

en el plazo de un mes ante el excelentísimo señor

Ministro de Medio Ambiente o, directamente,

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo

de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio

de poder efectuar el requerimiento previo en la

forma y plazo determinados en el artículo 44 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

resolución.

A Coruña, 5 de febrero de 2003.-El Jefe de la

Demarcación de Costas en Galicia, Ricardo Babío

Arcay.-5.815.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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