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Documento BOE-B-2003-50044

Anuncio de RENFE por el que se comunica la implantación de un sistema de clasificación de empresas proveedoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2003, páginas 1563 a 1563 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles
Referencia:
BOE-B-2003-50044

TEXTO

1. Entidad contratante: RENFE. U. de N. de

Mantenimiento Integral de Trenes. Dirección de

Compras y Logística. Calle Antonio Cabezón, sin

número, 28034 Madrid. Teléfono 91 300 97 51.

Fax: 91 300 96 87. E-mail: jvsanzUrenfe.es.

Dirección de internet: http//www.renfe.es.

2. Objeto del Sistema de Clasificación: CPV:

35231000-2, 31161000-2, 24300000-7.

Sectores de repuestos específicos del material

rodante:

Zapatas de fundición para freno (NBAN).

Muelles de suspensión (NBAI).

Coronas y piñones (NBAG).

Silemblocks, piezas de caucho-metal (NBDC).

Bobinas de motores eléctricos (NBBA).

Sectores de productos de uso general:

Pinturas alcídicas y de poliuretano (MBKl).

3. Condiciones que deberán cumplir los

contratistas para su clasificación:

Descripción del proceso: El proceso de

clasificación tiene como objetivo obtener la puntuación

inicial del proveedor que indica su posicionamiento

entre las empresas de su sector de actividad. Consta

de tres fases:

a) Registro: Es la inclusión del proveedor en

el Registro General de Proveedores a través de la

cumplimentación y análisis de la ficha de

identificación del proveedor para la acreditación de la

capacidad jurídica de los medios humanos,

materiales, económicos y financieros.

b) Calificación: Es el análisis del sistema de

gestión del proveedor en relación al modelo EFQM

a través de la cumplimentación y verificación in

situ de la Guía de Autoevaluación para proveedores

de RENFE.

c) Cualificación: Es el análisis del proceso

motivo de contratación y a través de la cumplimentación

y verificación in situ de la información

complementaria relativa al sector de actividad.

Será requisito inexcusable para poder acceder al

Sistema de Clasificación de empresas proveedoras,

disponer de Certificación según norma ISO

9001:2000 o, transitoriamente, ISO 9001:94 ó

9002:94, emitida por organismo acreditado,

incluyendo en el alcance de la certificación los

subsectores en los que se pretende clasificar.

4. Período de validez del Sistema de

Clasificación y trámites para su renovación: El Sistema de

Clasificación tiene una duración indefinida.

Duración del Sistema de Clasificación: La

clasificación será válida hasta el momento en que se

informe al proveedor de los resultados de una nueva

evaluación. Una nueva evaluación será realizada:

a) Cada tres años.

b) A petición del proveedor, una vez

implantados los planes de mejora consensuados, no antes

de seis meses de la anterior clasificación.

c) Cuando RENFE lo considere oportuno, por

tener conocimiento de cambios en la estructura

jurídica, cese en algunas actividades o no satisfacción

de criterios o condiciones requeridas.

Cuando los criterios básicos de clasificación sean

revisados, se pondrá en conocimiento de las

empresas interesadas.

5. Convocatoria de licitación: Este anuncio sirve

de convocatoria de licitación para las contrataciones

que, por procedimientos restringidos y negociados,

se realicen en los sectores de actividad enunciados

en el apartado 2 por lo que, en los procedimientos

de tal tipo que se abran al amparo de este anuncio,

las empresas clasificadas serán convocadas mediante

invitación, sin que sea necesaria la publicación de

anuncios específicos de cada una de ellas.

Excepcionalmente, el requisito de clasificación

podrá no ser exigido para la adjudicación de obras

que, aún perteneciendo a los sectores y subsectores

citados, tengan una cuantía, según presupuesto, de

hasta 60.000 euros.

6. Información complementaria y

documentación: Pueden ser obtenidas en la dirección indicada

en el apartado 1.

7. Otras informaciones:

Evaluación continua: La puntuación de la

clasificación de los proveedores o su condición de

proveedor ya clasificado como consecuencia de las

diversas pruebas realizadas, no debe considerarse

invariable en el tiempo. Estas puntuaciones podrán

verse afectadas en función de las alteraciones en

sus sistemas, así como por los resultados de sus

relaciones con RENFE, basadas en los planes de

mejora establecidos y en el análisis de méritos y

deméritos, como consecuencia de la prestación de

servicios o suministros. Esta licitación se rige por

la Ley 48/1998, de 30 de diciembre, sobre

procedimientos de contratación en los sectores del agua,

la energía, los transportes y las telecomunicaciones,

del Estado español.

Madrid, 17 de febrero de 2003.-El Director de

Compras Central, César Rodríguez.-&6.848.

ANÁLISIS

Tipo:
Contratación Directa
Ámbito geográfico:
Sin definir
Materias:
001 Adquisición, 328 Material ferroviario, 344 Sustancias y productos químicos,
Observaciones:
Suministros.

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