El artículo 28 del vigente Estatuto de Autonomía
de Galicia, establece en su apartado segundo la
competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia
para el desarrollo legislativo y ejecución de la
legislación del Estado en materia de expropiación
forzosa.
Con fecha 26 de julio de 2001, el Consejo de
la Junta acordó declarar el "Proyecto sectorial
parque arqueológico de arte rupestre (Campo Lameiro,
Pontevedra)", como de incidencia supramunicipal
para los efectos previstos en la Ley 10/1995, de 23
de noviembre, de Ordenación del Territorio.
Con fecha 18 de julio de 2002, se procede a
la aprobación definitiva del referido "Proyecto
sectorial", declarándose de utilidad pública para los
efectos previstos en la Ley 10/1995, de Ordenación
del Territorio.
Con fecha 17 de octubre de 2002, el Consejo
de la Junta, acordó declarar la prevalencia de utilidad
pública del "Proyecto parque arqueológico de arte
rupestre (Campo Lameiro, Pontevedra)", sobre los
montes vecinales en mano común de Paredes y
Praderrei del municipio de Campo Lameiro.
Con fecha 22 de noviembre de 2002, por
Decreto 324/2002, se procede a la urgente ocupación
de los bienes y derechos afectados por la ejecución
de las obras del proyecto sectorial "Parque
arqueológico de arte rupestre (Campo Lameiro,
Pontevedra)".
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 y
siguientes del Reglamento para su aplicación, este Servicio,
en uso de las facultades que le confiere el
artículo 98 de la mencionada Ley, resuelve convocar a
los titulares de bienes y derechos afectados, para
que comparezcan en el lugar, fecha y hora que se
citan para proceder al levantamiento de las actas
previas a la ocupación, en las que se recogerán los
datos necesarios para determinar los bienes y
derechos afectados y los perjuicios derivados de la rápida
ocupación, sin perjuicio de que se trasladen al lugar
de las fincas si se considera necesario.
Casa Consistorial del Ayuntamiento de Campo
Lameiro
Día: 18 de marzo de 2003.
Horario: De diez treinta horas a once treinta horas.
De: C.C.M.M. de Paredes a Silva Caneda, Abel.
La relación de titulares con los bienes y derechos
afectados, así como los planos parcelarios
correspondientes, estarán expuestos en el Ayuntamiento
de Campo Lameiro, y en la Consejería de Cultura,
Comunicación Social y Turismo de la Junta de
Galicia (edificio administrativo "San Caetano",
bloque 3), 15771 Santiago de Compostela.
A dicho acto deberán acudir los titulares
afectados, personalmente o bien representados por
persona debidamente autorizada, para actuar en su
nombre, aportando los documentos acreditativos de
su titularidad, documento nacional de identidad y
último recibo de la contribución, pudiendo hacerse
acompañar, por su cuenta, si lo estiman oportuno
por sus Peritos y Notario. Asimismo, y en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 56 del
Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa,
se abre información pública durante un plazo de
quince días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la publicación de esta resolución en el "Boletín
Oficial del Estado" o hasta el momento del
levantamiento de las actas previas a la ocupación
correspondiente, a fin de que los interesados puedan
formular por escrito, en la Consejería de Cultura,
Comunicación Social y Turismo de la Junta de
Galicia (edificio administrativo "San Caetano",
bloque 3), 15771 Santiago de Compostela, las
alegaciones que estimen pertinentes al objeto de
enmendar posibles errores padecidos al relacionar
los bienes afectados por la urgente ocupación.
Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2003.-El
Secretario general, Andrés González Murga.-&5.622.
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