El Real Decreto-ley 9/1998, de 28 de agosto,
aprueba y declara, de interés general, las obras del
proyecto "Presa de la Colada", llevando implícito
la de utilidad pública a los efectos previstos en los
artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia,
a los efectos de la ocupación de los bienes afectados
a que se refiere el artículo 52 de la citada Ley.
En cumplimiento de lo preceptuado en los
artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954, y el 56 y siguientes de su
Reglamento, se convoca a los propietarios afectados
para el levantamiento de las correspondientes actas
previas de ocupación, que tendrá lugar el próximo
día 18 de febrero de 2003, a las diez horas treinta
minutos, en el Ayuntamiento de El Viso (Córdoba).
No obstante lo anterior, si algún afectado así lo
solicita, el citado levantamiento se producirá en los
propios terrenos a expropiar.
A dicho acto podrán asistir los afectados
personalmente, o bien representados por una persona
debidamente autorizada, para actuar en su nombre.
Aportarán la documentación acreditativa de la
titularidad de los bienes objeto de expropiación
(certificado del Registro de la Propiedad, escritura
pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,
así como los recibos del IBI de los dos últimos
años o fotocopias compuladas de los mismos). Los
afectados pueden hacerse acompañar a su costa de
Perito y Notario, si lo estiman oportuno.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley
de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957,
las personas que se consideren afectadas podrán
formular por escrito, ante esta Confederación, hasta
el momento del levantamiento de las actas previas
a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes afectados.
La relación de propietarios afectados se encuentra
expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento
citado.
Badajoz, 16 de enero de 2003.-El Secretario
general, Diego de la Cruz Otero.-&5.646.
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