Por Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas del Ministerio de Economía, de 4
de mayo de 2001, se ha autorizado y declarado,
en concreto, la utilidad pública de la línea eléctrica
a 400 kV., de interconexión de la futura central
térmica de ciclo combinado titularidad de "AES Energía
Cartagena, Sociedad de Responsabilidad Limitada",
con la subestación "Nueva Escombreras", y
modificada por Resolución de la referida Dirección
General, de fecha 31 de octubre de 2002, optimizando
el trazado de la interconexión. Dicha declaración,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de
la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de
los bienes y derechos afectados e implica la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno en
Murcia, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954, ha resuelto convocar a los
titulares de bienes y derechos afectados en el
Ayuntamiento donde radican las fincas afectadas, como
punto de reunión para, de conformidad con el
procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar
a efecto el levantamiento de las actas previas a la
ocupación, y si procediera, el de las de ocupación
definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que
sean titulares de cualesquiera clase de derechos e
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir
personalmente o representados por persona
debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad, así como el último
recibo de contribución, pudiéndose acompañar, a
su costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman
oportuno.
El levantamiento de actas tendrá lugar el 18 de
marzo de 2003, a las diez horas, en el Ayuntamiento
de Cartagena.
El orden del levantamiento de actas, se
comunicará a cada interesado mediante la oportuna
cédula de citación, figurando la relación de titulares
convocados en el tablón de edictos del Ayuntamiento
indicado.
Es de significar que esta publicación se realiza
igualmente a los efectos que determina el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el expediente expropiatorio, "AES Energía
Cartagena, Sociedad de Responsabilidad Limitada",
asumirá la condición de beneficiaria.
Relación de propietarios afectados por el paso
de la línea de interconexión de la central térmica
de AES, con la subestación "Nueva Escombreras".
Parcelas números 25, 26 y 28 del polígono 54
del municipio de Cartagena, titular "Repsol Petróleo,
Sociedad Anónima".
Clase de afección: Establecimiento de
servidumbre de paso subterráneo de conducciones eléctricas.
Establecimiento de los dispositivos necesarios para
el apoyo o fijación de los conductores. Derecho
de paso o acceso para atender a la instalación,
vigilancia y conservación. Ocupación de los terrenos
o bienes en su caso necesarios a los fines
anteriormente indicados. Todo ello sobre una franja de 5
metros, estimándose una ocupación total de 2.600
metros cuadrados.
Murcia, 30 de enero de 2003.-El Delegado del
Gobierno, José Joaquín Peñarrubia Agius.-5.651.
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