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Documento BOE-B-2003-47035

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro sobre la necesidad de ocupación de las fincas afectadas de expropiación forzosa por la obra: Proyecto de derivación de caudales del río Matarraña (Valcomuna). Expediente número 1. Término municipal: Mazaleón (Teruel) y Maella (Zaragoza).

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2003, páginas 1444 a 1444 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2003-47035

TEXTO

Examinado el expediente de referencia y una vez

practicada la información pública prevista por los

artículos 18 y siguientes de la vigente Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Vistos los documentos que presenta el Perito de

la Administración en el expediente, en los que se

ha tenido en cuenta el resultado de la referida

información pública.

Habida cuenta del informe favorable de la

Asesoría Jurídica del Estado, emitido con fecha 7 de

enero de 2003 y a propuesta de la Secretaría General

de este Organismo, la Presidencia de esta

Confederación, en uso de las atribuciones que le confiere

la vigente legislación, ha resuelto con esta fecha:

Declarar la necesidad de la ocupación de los

bienes a que se refiere el indicado expediente y de

los cuales son propietarios los sujetos y Entidades

que se relacionan en los anuncios publicados en

el "Boletín Oficial del Estado" número 244, "Boletín

Oficial de la Provincia de Zaragoza" número 236,

"Boletín Oficial de la Provincia de Teruel"

número 195, todo ellos de octubre de 2002 y en los

Diarios "Heraldo de Aragón", de Zaragoza, y

"Diario de Teruel", de Teruel, ambos del mes de octubre

de 2002. No habiéndose presentado reclamación

alguna contra el expediente, según certifica el

Ayuntamiento de Maella con fecha 8 de noviembre

de 2002 y el Ayuntamiento de Mazaleón con la

misma fecha.

Lo que se hace público para conocimiento de

los interesados, a quienes se entregará una

Cédula-Inventario con la exacta descripción del bien que

se expropia, advirtiéndole que contra la presente

resolución que agota la vía administrativa cabe

imponer, con carácter potestativo, recurso de reposición

ante este mismo órgano, en el plazo de un mes

contado a partir del día siguiente al de la notificación

de la presente resolución, o bien puede optar por

la interposición de un recurso

contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Autónoma competente por razón del territorio, en el

plazo de dos meses desde la fecha de la notificación,

todo ello de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, que la modifica, y en los

artículos 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998 de 13

de julio reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y en el artículo 20.2 de la Ley

29/1985, de 2 de agosto de Aguas.

Zaragoza, 6 de febrero de 2003.-El Secretario

general, Carlos de Miguel Domínguez.-5.458.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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