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Documento BOE-B-2003-43117

URQUIJO AHORRO FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA (Fondo absorbente) URQUIJO AHORRO 5 FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA, URQUIJO AHORRO 6 FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA Y URQUIJO AHORRO 7 FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA (Fondos absorbidos)

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2003, páginas 1324 a 1324 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-43117

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo

23 bis segundo de la Ley 46/1984 de 26 de

diciembre, se hace público:

Que con fecha 7 de febrero de 2003 la Comisión

Nacional del Mercado de Valores ha autorizado a

solicitud de "Urquijo Gestión Sociedad Gestora de

Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad

Anónima", como entidad gestora, y de "Banco CDC

Urquijo Sociedad Anónima", como entidad

depositaria, la fusión por absorción de Urquijo

Ahorro 5 Fondo de Inversión Mobiliaria, Urquijo

Ahorro 6 Fondo de Inversión Mobiliaria y Urquijo

Ahorro 7 Fondo de Inversión Mobiliaria por Urquijo

Ahorro Fondo de Inversión Mobiliaria, con

disolución sin liquidación de las entidades absorbidas

y transmisión en bloque de todos sus Activos y

Pasivos a la entidad absorbente, sucediendo ésta

a título universal en todos sus derechos y

obligaciones a las absorbidas.

Que como consecuencia de lo anterior y a los

efectos de lo establecido en la vigente legislación

en materia de Instituciones de Inversión Colectiva,

se comunica a los partícipes de los Fondos afectados

el derecho de separación que les asiste, ejercitable

en el plazo de treinta días a contar desde la fecha

de publicación de este anuncio o de la remisión

de la oportuna comunicación a los partícipes, sin

deducción de comisiones de reembolso ni gasto

alguno, de acuerdo con lo establecido en el citado

artículo 23 bis segundo, párrafo cuarto.

Que, de conformidad con lo establecido en los

artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, se hace constar que los

partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar

y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados

y del proyecto de fusión.

Que, asimismo, los acreedores de los Fondos

participantes en la fusión podrán oponerse a la misma

en el plazo de un mes, a contar desde la fecha

de publicación de este anuncio de en los términos

establecidos en el artículo 166 de la citada Ley.

Madrid, 17 de febrero de 2003.-José M.

Pomarón Bagués, Secretario del Consejo de

Administración de "Urquijo Gestión Sociedad Gestora de

Instituciones de Inversión Colectiva Sociedad

Anónima".-5.709.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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