Considerando lo que prevé el título V de la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, y de acuerdo con la Resolución de 23
de julio de 2003, de autorización administrativa y
declaración de utilidad pública, que lleva implícita
la necesidad de ocupación de los bienes y los
derechos afectados por la ejecución del proyecto de
conducción y suministro de gas natural en los
términos municipales de Sant Antoni de Vilamajor
y Sant Pere de Vilamajor, a los efectos previstos
en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa,
de 16 de diciembre de 1954;
Considerando que la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos afectados, en
cumplimiento de lo que exige el artículo 17 de la
Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre
de 1954, ha sido sometida a un período de
información pública mediante al Anuncio publicado en
el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
número 3877, de 6.5.2003; en el Boletín Oficial del Estado
número 112, de 10.5.2003, y en los diarios La
Vanguardia de 9.5.2003, Avui de 9.5.2003 y el 9 Nou
de 12.5.2003; De acuerdo con lo que prevé la citada
Ley de expropiación forzosa,
Resuelvo:
Fijar las fechas siguientes para proceder a la
redacción de las actas previas a la ocupación de los bienes
y derechos afectados, en los términos municipales
que se indican:
Término municipal de Sant Antoni de Vilamajor,
día 27 de enero de 2004, a partir de las 10 horas.
Término municipal de Llinars del Vallès, día 29
de enero de 2004, a partir de las 10 horas.
Término municipal de Sant Pere de Vilamajor,
día 29 de enero de 204, a partir de las 11.30 horas.
Esta Resolución se notificará individualmente a
las personas interesadas que figuran en la relación
expuesta en el tablón de anuncios de los
ayuntamientos afectados y de esta Dirección General de
Energía y Minas (Av. Diagonal 514, 2.o, 08006
Barcelona).
Han de asistir al acto los titulares de los bienes
y derechos afectados, personalmente o
representados por una persona debidamente autorizada;
deberán presentar los documentos acreditativos de su
titularidad y el último recibo de la contribución que
corresponda al bien afectado y, si lo estiman
conveniente, pueden ir acompañados, a su cargo, de
un perito y/o un notario.
Las reuniones tendrán lugar en las sedes de los
ayuntamientos de los términos municipales arriba
mencionados.
A continuación, los asistentes se trasladarán, si
procede, a los terreros afectados para proceder a
la redacción de las actas.
Barcelona, 18 de diciembre de 2003.-Josep Porta
Querol, Jefe de la Sección de Gas
Canalizado.-58.370.
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