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Documento BOE-B-2003-309034

Resolución del Ministerio de Fomento, de fecha 9 de diciembre de 2003, por la que se abre información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF): Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Eje: Ourense-Santiago. Tramo: Ourense-Lalín. Subtramo: Amoeiro-Maside. Términos municipales de Amoeiro, Maside y Ourense (Expte. 03 GIF0307).

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2003, páginas 11026 a 11049 (24 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-309034

TEXTO

El Ente Público Gestor de Infraestructuras

Ferroviarias (GIF) insta la incoación del expediente

expropiatorio para disponer de los terrenos necesarios

para la ejecución de las obras del proyecto de

expropiación forzosa: Corredor Norte-Noroeste de Alta

Velocidad. Eje: Ourense-Santiago. Tramo:

Ourense-Lalín. Subtramo: Amoeiro-Maside. Términos

municipales de Amoeiro, Maside y Ourense, cuyo

proyecto básico ha sido debidamente aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de

la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de

los Transportes Terrestres, siendo aplicable a las

mismas su artículo 153. Así las obras se encuentran

amparadas por lo establecido en los artículos 228,

233 y 236.2 del Reglamento de la Ley de

Ordenación de los Transportes Terrestres de 28 de

septiembre de 1990. De aquí la aplicación de los

preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954

y demás concordantes con su Reglamento de 26

de abril de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el

Título II, Capítulo II, de la vigente Ley de Expropiación

Forzosa y en los concordantes del Reglamento para

su aplicación,

Este Ministerio ha resuelto abrir información

pública durante un plazo de quince (15) días hábiles

contados desde la fecha de publicación en el Boletín

Oficial del Estado, en la forma dispuesta en el

artículo 17, párrafo primero del Reglamento de 26

de abril de 1957, para que los propietarios que

figuran en la relación adjunta y todas las demás personas

o entidades que se estimen afectadas por la ejecución

de las obras, puedan formular por escrito ante este

Departamento las alegaciones que consideren

oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento

para su aplicación. Esta publicación servirá de

notificación para los interesados desconocidos o de

ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Además podrán consultar el anejo de

Expropiaciones tanto en los locales del Ministerio de

Fomento, Dirección General de Ferrocarriles, Subdirección

General de Construcción de Infraestructuras

Ferroviarias, como en los respectivos Ayuntamientos

afectados por la ejecución de las obras contenidas en

el proyecto de que se trata.

Madrid, 9 de diciembre de 2003.-El Ministro,

P. D., el Director general de Ferrocarriles (O. M.

25-9-2000, BOE 5-10-2000), Manuel Niño

González.-&56.891.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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