Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia,
a instancia de "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", con domicilio en La
Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los
Gaitanes, 177, solicitando la autorización administrativa
y declaración, en concreto, de utilidad pública de
la modificación de la instalación que se cita.
Resultando que la línea a 400 KV
"Escombreras-La Eliana" fue autorizada y declarada, en
concreto, de utilidad pública por Resolución de la
Dirección General de la Energía del Ministerio de
Industria de fecha 27 de noviembre de 1967, aprobándose
el proyecto de ejecución por Resolución de la
Dirección General de Energía y Combustibles del citado
Ministerio de fecha 17 de junio de 1969.
Resultando que la línea a 400 KV de "Entrada
y salida en la subestación de Rocamora desde la
línea Escombreras-La Eliana" fue autorizada y
declarada, en concreto, de utilidad pública por Resolución
de la Dirección General de la Energía del Ministerio
de Industria, Comercio y Turismo de fecha 7 de
junio de 1991, aprobándose el proyecto de ejecución
por Resolución de la misma fecha.
Resultando que la petición de modificación ha
sido sometida a información pública a los efectos
previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica,
durante el plazo reglamentario no se ha producido ninguna
toma de vista del expediente ni presentado alegación
alguna al proyecto.
Resultando que de conformidad con lo establecido
en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto
1955/2000, se envió un ejemplar del proyecto a
la Autoridad Portuaria de Cartagena, como
organismo afectado, y se remitió al Ayuntamiento de
Cartagena para su exposición en el tablón de
anuncios, el anuncio de información pública de la
solicitud de "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", incluida la relación de bienes y derechos
afectados.
Resultando que por "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", y la Autoridad Portuaria de
Cartagena, con fecha 6 de octubre de 2003 se firma
un convenio en cuya estipulación segunda se
especifica que "Red Eléctrica de España" modificará
el trazado actualmente existente entre los apoyos
1 y 2 de la instalación, de forma que evite su vuelo
sobre la dársena de escombreras, modificando los
apoyos citados 1 y 2 existentes y montando un nuevo
apoyo denominado 1 bis de acuerdo con el proyecto
redactado.
Resultando que por el Ayuntamiento de
Cartagena con fecha 23 de septiembre de 2003, se adjunta
diligencia al Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Murcia en la que hace
constar que el Anuncio ha estado expuesto al público
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante
el plazo de veinte días sin que se hayan formulado
alegaciones Visto el informe favorable emitido por
el Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en Murcia.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el Título VII del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", la modificación de la línea eléctrica
aérea de transporte de energía a 400 KV,
"Escombreras-La Eliana", en el tramo
Escombreras-Rocamora, entre los apoyos 1 y 2, cuyas características
principales son:
Origen: Apoyo numero 1, situado en terrenos de
la central térmica de Escombreras, el cual deberá
ser modificado en su estructura para adecuarlo a
las necesidades del nuevo trazado.
Final: Apoyo número 2, que también deberá ser
modificado.
Instalación de un nuevo apoyo numero 1 bis,
constando la modificación de dos alineaciones, 1-1 bis,
y 1 bis-2, de 550 metros y 390 metros,
respectivamente.
Conductores: De Al-Ac, tipo FALCON AW de
907 milímetros cuadrados de sección total.
Número de conductores por fase: Uno.
Cables de tierra: Uno, compuesto de fibra óptica
de 18 milímetros de diámetro, tipo OPGW.
Numero de circuitos: Uno.
Capacidad de transporte: 2.441 MVA.
Aislamiento: Bastones de caucho-silicona tipo 2.
Apoyos: Metálicos en estructura de celosía.
Cimentaciones: Zapatas individuales.
Puestas a tierra: En todos los apoyos, de forma
que la resistencia de difusión máxima no supere
los valores que se establecen en el artículo 26 del
Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas
de Alta Tensión.
La finalidad de la modificación del trazado es
la de liberar terrenos para maniobra de maquinaria
en el muelle Isaac Peral en la dársena de
Escombreras en Cartagena (Murcia).
2. Declarar, en concreto, la Utilidad Pública de
la instalación que se autoriza, a los efectos previstos
en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor
Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial
y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el
artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado.
Madrid, 12 de noviembre de 2003.-La Directora
General, Carmen Becerril Martínez.-54.188.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid