Por Resolución de fecha 08 de Octubre de 2.003,
se aprueba técnicamente el Proyecto de
construcción arriba indicado. Siendo de aplicación la
disposición adicional 3.a, Ley 19/2001 de 19 de
diciembre (BOE 20/12/01), la tramitación del
correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar,
al procedimiento de urgencia previsto en los
artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de
su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el Art. 98 de la
LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2
y 3de su Art. 52, ha resuelto convocar a los
propietarios que figuran en las relaciones que se harán
públicas en los diarios de Cantabria ("El Diario
Montañés" y "Alerta") y que se encuentran
expuestas en los tablones de anuncios de los
Ayuntamientos de Arenas de Iguña y Molledo, así como en
el de esta Demarcación de Carreteras del Estado
en Cantabria, para que asistan al levantamiento de
las Actas Previas a la Ocupación en el lugar, día
y hora que a continuación se indica:
T.o Municipal: Arenas de Iguña.
Lugar: Ayuntamiento de Arenas de Iguña.
Día 15 de enero de 2.004, de 16:30 a 17:30 horas.
T.o Municipal: Molledo Lugar: Ayuntamiento de
Molledo.
Día 15 de enero de 2.004, de 10:00 a 14:00 horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Cantabria" y en el "Boletín Oficial del
Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el Art. 56.2 del Reglamento
de Expropiación Forzosa, hasta el momento en que
se proceda al levantamiento de las citadas actas
previas a la ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras (C/ Vargas, 53 9.a planta, 39071, Santander),
alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan producido al relacionar los
bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Santander, 19 de noviembre de 2003.-El Jefe
de la Demarcación. Vicente Revilla Durá.-54.181.
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