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Documento BOE-B-2003-292061

Edicto del Ayuntamiento de Mijas de notificación de subasta de bienes inmuebles. Expediente acumulativo de débitos núm. 101/94.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 6 de diciembre de 2003, páginas 10380 a 10381 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2003-292061

TEXTO

El Ayuntamiento de Mijas en ejercicio de sus

competencias, mediante el presente edicto procede

a notificar el acuerdo de subasta dictado por el

Tesorero en los expedientes administrativos de

apremio seguidos contra los deudores que se indicarán.

De conformidad con lo establecido en el

artículo 146 del Real Decreto 1684/1990, de 20 de

diciembre (BOE de 3 de enero de 1991), por el

cual se aprueba el Reglamento General de

Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores

y demás personas a quienes interese que en los

expedientes administrativos de apremio

correspondientes que se indicarán, se ha dictado providencia

acordando la venta en subasta pública de los bienes

embargados, en el trámite y realización de la cual

se observarán las prescripciones de los artículos 147

y 148 del citado texto legal. El acto se celebrará

en el Ayuntamiento, en el día y hora que se

señalarán.

En cumplimiento de dicha providencia se publica

el presente edicto y se convoca a los licitadores,

a quienes se advierte de lo siguiente:

1. Los bienes embargados a enajenar son los

que se detallan al final.

2. Todos los licitadores deberán constituir el

depósito de garantía preceptivo ante la mesa de

subasta, que será como mínimo el 20 por 100 del

tipo de la subasta, con la advertencia de que este

depósito se ingresará en firme en la Tesorería de

la Administración si los adjudicatarios no satisfacen

el precio del remate, sin perjuicio de las

responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios

que sobre el importe del depósito origine la

inefectividad de la adjudicación.

3. La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes

si se realiza el pago de la deuda, de los intereses

y de las costas del procedimiento.

4. El mejor postor adjudicatario deberá librar

en el acto de la adjudicación, o dentro de los cinco

días siguientes; la diferencia entre el depósito

constituido y el precio de la adjudicación.

5. Los licitadores podrán enviar o presentar sus

ofertas, en sobre cerrado, al Ayuntamiento, hasta

una hora antes de iniciar la subasta. Las ofertas,

que tendrán carácter de máximas, deberán ir

acompañadas de un cheque conformado, extendido a

favor del Ayuntamiento, por el importe del depósito.

6. En el supuesto de concurrencia de diferentes

ofertas en sobre cerrado, empezará la admisión de

posturas a partir de la segunda más alta, y será

adjudicataria la postura más alta, por el tramo

superior a la segunda, en caso de no haber otras ofertas.

7. La devolución a los licitadores que efectuaron

su oferta en sobre cerrado, que no sean

adjudicatarios, se realizará mediante cheque extendido por

el interventor y a cargo de la cuenta del

Ayuntamiento.

8. La mesa de subasta podrá, cuando así lo

considere pertinente y previa deliberación, acordar la

realización de una segunda licitación, una vez

finalizada la primera, de los bienes que no hayan sido

adjudicados.

9. Los tramos a que deberán ajustarse las

posturas serán los que para cada caso se indicarán.

Los títulos disponibles podrán ser examinados por

los interesados, en el Ayuntamiento, hasta el día

anterior al de la subasta, de 9 a 14 h.

10. Los licitadores deberán conformarse con los

títulos de propiedad que se hayan aportado en el

expediente, y no tendrán derecho a exigir otros.

11. Las cargas y gravámenes anteriores y

preferentes a la anotación preventiva de embargo

quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el

precio de remate.

12. Los bienes no enajenados en subasta podrán

adjudicarse mediante venta por gestión directa,

conforme al procedimiento establecido en el

artículo 150 del Reglamento general de Recaudación.

13. En caso de existir derechos de tanteo y

retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta

que se dé cumplimiento a los requisitos legales

exigidos en los respectivos derechos de adquisición

preferente.

Advertencias:

Este Ayuntamiento ser reserva el derecho a pedir

la adjudicación de los inmuebles que no hubiesen

sido objeto de remate, conforme al art. 158 y

siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Recursos:

De reposición previo al

contencioso-administrativo ante el Sr. Tesorero, en el plazo de un mes,

a contar desde el día siguiente al que tenga

efectividad la notificación de los citados actos, de

conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de

la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora

de las Haciendas Locales.

Suspensión del procedimiento:

El procedimiento de apremio, aunque se

interponga recurso, sólo se suspenderá en los casos y

condiciones previstos en el artículo 101 del

Reglamento General de Recaudación.

En lo no previsto en este edicto se procederá

de acuerdo con lo que se preceptúa en las

disposiciones legales que regulan el acto y confieren algún

derecho a favor de terceros.

Deudor: Colinas del Chaparral, S.A.

Concepto: Expediente Acumulativo de Débitos

n.o 101/94.

Importe total del débito: 258.104,90 Euros.

Descripción de los bienes a enajenar:

Suerte de tierra. Procedente del Lote Tercero, que

a su vez es procedente de los Cortijos de la Cruz

y de Doña Bárbara de Obregón. Tiene una extensión

superficial de cuarenta hectáreas, o sea,

cuatrocientos mil metros cuadrados, y linda: al Norte finca

matriz de procedencia; al Sur, Fuente Legrales S.A.;

al Este, camino de la Urbanización Las Farolas,

por el que tiene su entrada y conexiones de servicios

y lote número cuatro; y al Oeste lote número dos,

hoy Urbanización El Chaparral de la Condesa.

Inscripción: Finca registral 30.420, libro 419, folio

193.

Derechos del deudor: Dueño por compra.

Valoración de la finca: 4.389.126,41 Euros.

Cargas: La finca descrita se encuentra gravada

con una hipoteca a favor de los actuales y futuros

tenedores de las Cambiales, en garantía de un

préstamo de noventa y un mil seiscientos sesenta y nueve

euros con noventa y siete céntimos de principal.

Un embargo a favor del Banco Popular Español,

S.A., en unión de tres fincas más, sin distribuir la

responsabilidad entre ella, en reclamación de

seiscientos setenta y ocho mil ochocientos cinco euros

con ochenta y nueve céntimos de principal.

Tipo de subasta: 2.718.650,56 Euros.

Los títulos acreditativos del dominio u otros

derechos que tenga el deudor se encuentran en poder

del Ayuntamiento, los cuales podrán ser examinados

por aquellas personas interesadas, en días y horas

a convenir, hasta el día anterior al de la subasta.

La subasta de estos bienes tendrá efecto el día

5 de febrero de 2004, a las 11:00 horas. En caso

de que esta subasta se suspendiera por cualquier

motivo, se celebrará el 5 de marzo de 2004.

Mijas, 19 de junio de 2003.-D. Pedro Muñoz

Díaz, Recaudador Ejecutivo.-53.251.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Andalucía
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Servicios.

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