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A medio del presente vengo en notificarle que
el Excmo. Sr. Director General de Infraestructura
del Ministerio de Defensa ha dictado Resolución
de fecha 25 de julio de 2003, en la que se acuerda
la inadmisión de las solicitudes formuladas por
D. Jesús Santana Hernández fechadas el día
15.04.03 y 26.05.03, haciéndole saber que dicha
resolución es definitiva en vía administrativa y que
contra ella puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de dicha índole de la
Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Al mismo tiempo, se le notifica que se ha señalado
el día 26 de enero de 2004, a partir de las 08,30,
como nueva fecha para la ejecución forzosa de la
resolución de demolición dictada por el Excmo. Sr.
Director General de Infraestructura del Ministerio
de Defensa con fecha 28 de enero de 1.997, en
la que se acordaba la demolición de las obras
realizadas sin autorización del Ministerio de Defensa
por D. Jesús Santana Hernández en la finca de
su propiedad sita en el lugar conocido como
"Caracol Alto", prolongación de la Calle Juan de la
Cierva, en Telde (Las Palmas).
La indicada demolición ha sido adjudicada a
D. Bernardo Rodríguez Benítez, con N.I.F.
43.258.104-A y domicilio en la Avda. 1.o de Mayo, 9
(local), por un importe total incluido I.G.I.C.
de 9.121,98.
Hasta la fecha señalada para la ejecución forzosa
de demolición, podrá el interesado efectuar el
derribo por sus propios medios.
Las Palmas G.C., 11 de noviembre de 2003.-El
Comandante Instructor, César Díaz
Sánchez.-&52.442.
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