Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-B-2003-287045

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Las Palmas por el que, en virtud de lo establecido en el artículo 4.o1.c) del Convenio de Colaboración, de 26 de agosto de 2002, entre el Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Autoridad Portuaria de Las Palmas para regular la redacción de los Planes Especiales de la Zona de Servicios del Puerto de La Luz, se somete a información pública la aprobación inicial del Plan especial de ordenación de la zona de servicio del Puerto de la Luz y Las Palmas (OAS-04 y OAS-05), redactado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2003, páginas 10180 a 10180 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-287045

TEXTO

Aprobado inicialmente en virtud de Decreto de

Alcaldía de fecha 3 de noviembre de 2003,

registrado en el Libro de Decretos y Resoluciones el

día 7 de mismo mes y año con el número 22.073,

el plan especial de ordenación de la zona de servicio

del Puerto de la Luz y Las Palmas (OAS-04 y

OAS-05), se somete el mismo a información pública

durante un mes de conformidad con lo dispuesto

en los artículos 128 y 147 del Reglamento de

Planeamiento, aplicables por expresa remisión de la

Disposición Transitoria Décima del Texto

Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio

de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000,

de 8 de mayo.

De conformidad con lo establecido en el

artículo 120 del Reglamento de Planeamiento, la

aprobación inicial del Plan Especial determinará por

sí sola la suspensión de otorgamiento de licencias

para aquellas áreas del territorio objeto del

planeamiento cuyas nuevas determinaciones supongan

modificación del régimen urbanístico, afectando en

este caso dicha suspensión a la totalidad del ámbito

territorial del Plan Especial de Ordenación.

Los efectos de esta suspensión se extinguirán con

la aprobación definitiva y, en todo caso, por el

transcurso del plazo de dos años desde la aprobación

inicial; todo ello sin perjuicio de que se puedan

conceder licencias basadas en el régimen vigente

siempre que se respeten las determinaciones del

nuevo planeamiento, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 120.1 del Reglamento de Planeamiento.

El expediente se encuentra de manifiesto en las

dependencias de la Unidad de Urbanismo y Medio

Ambiente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas,

en la tercera planta de las Oficinas, en la calle Tomás

Quevedo, sin número, donde podrá ser examinado

cualquier día laborable, en horario de atención al

público, de 9.00 a 14.00 horas, así como formular

cuantas alegaciones se consideren oportunas.

Lo que se publica en el Boletín Oficial del Estado,

Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios

de la Autoridad Portuaria de Las Palmas y prensa

local para general conocimiento.

Las Palmas de Gran Canaria, 24 de noviembre

de 2003.-El Director de la Autoridad Portuaria de

Las Palmas, Esteban Del Nero Benéitez.-53.286.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid