Habiendo transcurrido más de 20 años desde la
última inhumación de cadáveres realizada en
Cementerio viejo de Benissa sito en Pda Bellita
(Bonaire) y habiéndose construido un osario con
capacidad para albergar los restos allí existentes en el
perímetro del Cementerio nuevo sito en Pda Canor,
y considerando por otro lado, las resoluciones
municipales adoptadas consistentes en acuerdo plenario
de fecha 23 de diciembre de 1996 así como en
ejecución de resolución de esta Alcaldía de fecha
28 de octubre de 2003 y, siendo por otro lado una
realidad, la dificultad en localizar el paradero de
los familiares de todos los restos que se encuentran
inhumados en dicho cementerio a efectos de la
práctica de la pertinente notificación individual se hace
saber:
Primero.-La iniciación de expediente para el
traslado total de los restos cadavéricos del antiguo
Cementerio al nuevo y posterior clausura, sirviendo
el presente anuncio como de notificación y de
información pública en virtud de lo dispuesto en los
artículos 59.4 y 86 de la ley 30/1992 de 26 de
noviembre, pudiéndose presentar las pertinentes
alegaciones en un plazo de treinta días naturales desde
el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el Boletín Oficial del Estado en el
Registro general de entradas de este Ayuntamiento sito
en la planta baja de la Casa consistorial .
Segundo.-El expediente administrativo estará a
disposición durante dicho plazo en la primera planta
del Ayuntamiento de 10 a 14 horas de lunes a
viernes en el Negociado de Cementerio y siendo
conveniente acreditar su condición de interesado
acompañando el pertinente certificado de defunción
o enterramiento del familiar inhumado.
Todo lo cual se hace saber al público en general
con una antelación de tres meses en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 59 del Reglamento
de policía sanitaria mortuoria.
Contra la presente resolución podrá interponer:
Recurso de Reposición con carácter potestativo.
La presente Resolución (o acuerdo), pone fin a
la vía administrativa y podrá ser recurrida
potestativamente en Reposición ante el Sr.
Alcalde-Presidente.
El plazo para interponer el Recurso de Reposición
será de un mes, contado desde la fecha de
notificación de la Resolución; en tal caso, no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se hay
producido su desestimiento por silencio administrativo.
Transcurrido un mes desde la interposición del
recurso de reposición sin que se notifique su
resolución, se entenderá desestimado por silencio
administrativo y quedará expedita la vía
Contencioso-Administrativa.
Recurso Contencioso-Administrativo,
directamente.
El Recurso Contencioso-Administrativo puede ser
interpuesto directamente ante La Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana. El plazo para
interponer este recurso será de dos meses contados
desde la fecha de notificación de la presente
resolución en caso de que no haya interpuesto recurso
de reposición.
No obstante, podrá ejercitar o interponer
cualquier otro que estime procedente, en su caso.
Benissa, 31 de octubre de 2003.-El Alcalde, Juan
Bautista Roselló Tent.-El Secretario, Víctor
Almonacid Lamelas.-50.065.
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