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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, conforme a la redacción dada
por la Ley 4 1999, de 13 de enero de 2000, y
no habiendo sido posible notificar a don José
Manuel Alarcón Sánchez (34.068.338-W) el
Acuerdo de 23 de septiembre de 2003, relativo al reintegro
de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el
siguiente: En cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una
vez efectuado el trámite y seguir el procedimiento
indicado en el citado artículo, al haber sido
rechazada la recepción de la notificación del inicio del
expediente iniciado al Ex-Guardia Civil D. José
Manuel Alarcón Sánchez (34.068.338-W), con
motivo del percibo indebido de la cantidad de
quinientos dos euros, con noventa y ocho céntimos
(502,98 euros), percibida en concepto de haberes,
en el período comprendido entre el 1 de mayo de
2003 y el 31 de mayo de 2003, en cumplimiento
de la Resolución 160/08199/03 de 12 de mayo de
2.003 (B.O.D. n.o 98) de fecha 22 de mayo de
2003, por la que pierde la condición de Guardia
Civil y de militar de carrera de la Guardia Civil,
a partir del 30 de abril de 2.003.
Acuerdo declarar que la cantidad de quinientos
dos euros, con noventa y ocho céntimos (502,98
euros) percibida por el Ex-Guardia Civil D. José
Manuel Alarcón Sánchez (34.068.338-W) en
concepto de haberes, durante el período comprendido
entre el 1 de mayo de 2003 y el 31 de mayo de
2003, tiene la consideración de Ingresos Indebidos.
Consecuentemente deberá ingresar el expresado
importe mediante carta de pago en la Delegación
de Hacienda correspondiente a su domicilio fiscal.
(Domicilio fiscal del interesado. Calle Camino
de Son Gotelú, n.o 24, 2.o B, Palma de Mallorca,
(Illes Balears).
Al mismo tiempo se comunica que en el plazo
de un mes, contados a partir del siguiente al de
la recepción de está notificación, podrá interponer
recurso de alzada. Dicho escrito será presentado
o remitido a cualquiera de los Registros u Oficinas
a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del
Estado" n.o 27) y, preferentemente, por razones de
mayor agilidad a la Subdirección General de
Personal Servicio de Retribucciones de la Guardia Civil
(carretera de Andalucía Km. 25.500, 28.340.
Valdemoro. Madrid), aportando las pruebas necesarias
para corroborar su recurso de alzada.
Lo que se comunica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Valdemoro, 4 de noviembre de 2003.-El Coronel
Jefe del Servicio de Retribuciones, Emilio Muñoz
Rubio.-Dirección General de la Guardia Civil,
Subdirección General de Personal.-49.476.
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