"Gescooperativo, Sociedad Anónima, SGIIC",
como entidad gestora y "Banco Cooperativo
Español, Sociedad Anónima", como entidad depositaria,
comunican a los partícipes las siguientes
modificaciones en el folleto, como consecuencia del
próximo inicio de un nuevo período garantizado:
Primero.-Inicio de un periodo garantizado que
tendrá un plazo de duración de 36 meses (se inicia
el 07 de enero de 2004 y vence el 07 de enero
de 2007) y garantiza el 102,5 por 100 del valor
de su inversión inicial (un 2,5 por 100 de
rentabilidad) más, en su caso, el 100 por 100 de la
revalorización positiva de aquel valor que peor
comportamiento experimente durante el período
garantizado, de una cesta compuesta por los siguientes
seis valores del Ibex 35: Abertis, Gas Natural,
Iberdrola, Inditex, Santander y Telefónica.
En el supuesto de que la revalorización de la
acción que peor se comporte fuese negativa o cero,
usted obtendrá una rentabilidad mínima al
vencimiento del 2,5 por 100 que equivale a una TAE
mínima garantizada, del 0,83 por 100.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Segundo.-Modificación de las comisiones, que
pasan a ser las siguientes:
Gestión: 0,95 por 100 desde el 8 de enero
de 2004, inclusive.
Depositario: 0,05 por 100 desde el 8 de enero
de 2004, inclusive.
Suscripción: 3,00 por 100 durante todo el período
de garantía (desde el 8 de enero de 2004 al 7 de
enero de 2007, ambos inclusive).
Reembolso: 3,00 por 100 durante todo el período
de garantía (desde el de enero de 2004 al 7 de
enero de 2007, ambos inclusive).
La comisión de reembolso no se aplicará durante
los dos meses siguientes al vencimiento de la
garantía, 7 de enero de 2007, volviéndose a aplicar una
comisión de reembolso del 3 por 100 una vez
transcurrido los dos meses.
Así mismo, desde el 1 de noviembre de 2003
(día siguiente al vencimiento de la actual garantía)
y hasta el día 7 de enero de 2004, ambos inclusive,
no existe comisión de reembolso.
Se comunica que los partícipes disponen del plazo
de un mes a partir de la fecha de publicación para
ejercitar el derecho de optar por el reembolso de
sus participaciones, sin deducción de comisión o
descuento de reembolso ni gasto alguno, por el valor
liquidativo del día en que se produzca la
correspondiente inscripción de la actualización del folleto
informativo en los Registros de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores.
Madrid, 20 de octubre de 2003.-Gonzalo
Rodríguez Sahagún Martínez, Director General y
Consejero de Gescooperativo SGIIC, S.A.-47.496.
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