Está Vd. en

Documento BOE-B-2003-255125

Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de la Generalitat de Catalunya de 29 de abril de 2003, por el cual se publica la declaración de la condición de mineral natural del agua denominada "Manantial Cadí", situada en el término municipal de Gósol (Berguedà).

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2003, páginas 8889 a 8889 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2003-255125

TEXTO

De acuerdo con lo que dispone el artículo 24.4

de la Ley de Minas, se publica la Resolución de

fecha 9 de abril de 2003 dictada por el consejero

de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo,

mediante la cual se declara la condición de mineral natural

del agua de la captación denominada "Manantial

Cadí".

La citada resolución establece en su parte

dispositiva:

1. Declarar la condición de mineral natural del

agua de la captación "Manantial Cadí", ubicada en

el término municipal de Gósol (El Berguedà),

captación determinada por las siguientes coordenadas

UTM del sector 31T: X=388.000, Y=4.675.260.

2. De acuerdo con lo que establece el

artículo 39.3 del RGRM, declarar la utilidad pública de

las aguas interesadas, en lo que se refiere a su

condición de mineral natural.

3. De acuerdo con lo que establecen los artículos

24 de la Ley de Minas, y 39 del Reglamento general

para el régimen de la minería, ordenar la notificación

de la resolución a los interesados y su publicación

en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial

de la Generalitat de Catalunya.

4. De acuerdo con lo que determina el

artículo 40 del Reglamento general para el régimen de

la minería, otorgar a las personas que este precepto

indica el plazo de un año, contador a partir de

la fecha de publicación o notificación de la

resolución de declaración, a fin de ejercer el derecho

preferente a solicitar su aprovechamiento.

Contra esta resolución, que agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso

contenciosoadministrativo delante del Tribunal Superior de

Justicia de Catalunya (o delante del Juzgado del

contencioso-administrativo, si procede), en el plazo de

dos meses, a contar desde el día siguiente de la

notificación de esta resolución, de acuerdo con lo

que dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contenciosa-Administrativa.

Barcelona, a 9 de abril de 2003.-Antoni

Fernàndez Teixidó, Consejero de Trabajo, Industria,

Comercio y Turismo.

Barcelona, a 8 de septiembre de 2003.-El

Director general de Energía y Minas, Albert Mitjà i

Sarvisé.-46.311.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid