En el expediente tramitado en el Tribunal de
Defensa de la Competencia con el n.o 536/02
(2052/99 del Servicio de Defensa de la
Competencia), iniciado por denuncia formulada por
Internacional First Class Courier, Sociedad Limitada
(IFCC) contra la Sociedad Anónima Estatal
Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima
(CORREOS), por conductas supuestamente
prohibidas por la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa
de la Competencia, con fecha 7 de febrero de 2003
se ha dictado Resolución cuya parte dispositiva dice:
Primero.-Declarar la comisión por la Sociedad
Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima
de una conducta abusiva de su posición dominante,
prohibida por el artículo 6 de la Ley de Defensa
de la Competencia, consistente en haber retenido
correspondencia con el anagrama de su competidor
Internacional First Class Courier, Sociedad
Limitada (IFCC), que los usuarios habían depositado
por error en los buzones de la red pública.
Segundo.-Declarar la comisión por Correos de
una conducta abusiva de su posición dominante,
prohibida por el artículo 6 de la Ley de Defensa
de la Competencia, consistente en haber difundido
públicamente textos parcialmente falsos y
denigrantes de la empresa competidora Internacional First
Class Courier, Sociedad Limitada (IFCC).
Tercero.-Intimar a CORREOS para que, en lo
sucesivo, se abstenga de semejantes conductas.
Cuarto.-Imponer a CORREOS la publicación,
en el plazo de dos meses, a su costa, de la parte
dispositiva de esta Resolución, en el Boletín Oficial
del Estado y en la Sección de Economía de dos
diarios de información general y circulación
nacional de entre los cinco de mayor tirada.
Quinto.-Imponer a CORREOS una multa
sancionadora de 900.000 euros, de las que 600.000
euros corresponden a la primera conducta
(retención de correspondencia) y 300.000 euros
corresponden a la segunda conducta (denigración de un
competidor).
Sexto.-Imponer a CORREOS una multa
coercitiva de 600 euros por cada día de retraso en el
cumplimiento de cada una de sus obligaciones de
publicar la parte dispositiva de la Resolución.
La publicación de este anuncio se realiza a
instancias de la Sociedad Anónima Estatal Correos
y Telégrafos, Sociedad Anónima.
Madrid, 2 de octubre de 2003.-El Secretario del
Consejo de Administración de la Sociedad Estatal
Correos y Telégrafos, S. A., José Cerro
Redondo.-44.423.
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