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Documento BOE-B-2003-187086

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo de clave: EI-1-E-111. "Autopista de peaje Ocaña-La Roda".

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2003, páginas 6610 a 6610 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-187086

TEXTO

Visto el informe de la Dirección General de

Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y

en uso de la competencia establecida en la

Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo

de 1996, resuelvo:

Primero.-Declarar que el expediente de

información pública reseñado en el asunto cumple con lo

preceptuado en elos artículos 32, 33, 34 y 35 del

vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de

2 de septiembre).

Segundo.-Aprobar el expediente de Información

Pública del estudio informativo "Autovía de Castilla

la Mancha. Tramo: Toledo-Ocaña. Subtramo:

Circunvalación exterior de Toledo-Autopista de peaje

Madrid-Toledo" y definitivamente el mismo,

seleccionando como alternativa a desarrollar la

denominada "alternativa 2A" en el estudio y consistente

en una autovía de nuevo trazado de 20,54 Km y

un presupuesto de ejecución por contrata de 52,46

MEUR.

Tercero.-En las fases posteriores de anteproyecto

y proyecto de construcción, se tendrán en cuenta

las prescripciones siguientes:

Primera.-Se cumplirá el condicionado de la

Declaración de Impacto Ambiental de 18 de julio

de 2003.

Segunda.-Se desplazará el trazado hacia el norte

unos 250 m en la zona de cruce con la CM-4003,

de acuerdo con la petición del Ayuntamiento de

Bargas.

Tercera.-Se considerará la conveniencia de

nuevos pasos y la ubicación de los pasos transversales

propuestos en la autovía, de acuerdo con las

alegaciones realizadas. Asimismo, sus dimensiones se

establecerán de acuerdo a la funcionalidad de los

mismos.

cuarta.-Se coordinará la actuación con las

posibles actuaciones previstas por la Dirección General

de Ferrocarriles en la zona.

quinta.-De acuerdo con la Confederación

Hidrográfica del Tajo las obras de drenaje transversal

deberán diseñarse para avenidas de período de retorno

de 500 años.

Sexta.-Se minimizará la afección a Explotaciones

Agrocelo, S. L., sin afectar a terceros.

Septima.-Se enviará un ejemplar del anteproyecto

a la Delegación Provincial de Agricultura y Medio

Ambiente de la Junta de Castilla la Mancha para

coordinar las actuaciones en la zona regable de la

Sagra-Torrijos.

La presente reolución pone fin a la vía

administrativa de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109.c) de la Ley de Régimen de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y, contra la misma se puede

interponer recurso potestativo de reposición, ante el

Ministro del Departamento, o bien directamente

recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos

recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses

a partir del día siguiente al de la publicación de

aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que

quepa formular el recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Madrid, 30 de julio de 2003.-El Excmo. Sr.

Ministro de Fomento, P. D. (Resolución Delegada de

Atribuciones, 30/05/96), el Excmo. Sr. Secretario

de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco

Rodríguez.-&38.482.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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