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Documento BOE-B-2003-186091

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación del expediente de información pública y definitiva del estudio informativo de la clave EI-4-A-15 "Autopista de circunvalación de Alicante y Autovía de conexión de la N-330 (Caudete) con la Autovía Central (Sax-Castalla)".

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2003, páginas 6570 a 6570 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-186091

TEXTO

Con fecha 22 de julio de 2003 el Excelentísimo

Señor Secretario de Estado de Infraestructuras

(Resolución Delegación de Atribuciones de 30 de mayo

de 1996) ha resuelto lo siguiente:

1. Declarar que el expediente de información

pública reseñado en el asunto cumple con lo

preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente

Reglamento de Carreteras (1812/1994), de 2 de

septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública

del estudio informativo "Autopista de peaje de

Circunvalación de Alicante y Autovía de conexión de

la N-330 (Caudete) con la Autovía Central

(Sax-Castalla)", y definitivamente el mismo, seleccionando

como alternativas a desarrollar las alternativas 4

y 5 para la Autopista de Circunvalación de Alicante

y la alternativa 2 para la Autovía de conexión de

la N-330 (Caudete) con la Autovía Central

(Sax-Castalla). Dichas alternativas tienen longitudes de 28,5

km (alternativa 4), 4,3 km (alternativa 5) y 25,8

km (alternativa 2); con unos presupuestos de

ejecución por contrata de 122,43 MEUR, 33,27

MEUR, y 83,89 MEUR, respectivamente.

3. En las fases posteriores de anteproyecto y

proyecto de construcción, se tendrán en cuenta las

prescripciones siguientes:

3.1 Las establecidas en la DIA de 2 de julio

de 2003 sobre el estudio de referencia.

3.2 Se desviará hacia el norte el trazado de la

alternativa-2 para la Autovía de Conexión de la

N-330 (Caudete) con la Autovía Central

(Sax-Castalla) entre los p.k. 20+500 y p.k. 22+500, evitando

la afección al paraje conocido como El Plano,

localizado en el término municipal de Sax.

3.3 Se coordinará el trazado de la alternativa-2

en su inicio, con el trazado del enlace con la Autovía

N-330 (Caudete), propuesto en los Estudios

Informativos: Autovía Murcia-Jumilla-Font de la Figuera.

Tramos: Murcia/N-330 y N-330/N-430. Claves:

EI.1-MU-16 y EI.1-V-30.

3.4 Se adaptará el trazado de la Circunvalación

de Alicante, en la medida de lo posible, de forma

que se minimice el número de viviendas afectadas

por la construcción de la autopista. Para ello se

intentará en las zonas más urbanizadas (p.k.

19+400-19+600, p.k. 20+400-21+000) diseñar la

rasante de la autopista ligeramente en desmonte

para disminuir su afección acústica y visual. En

particular en la zona de la urbanización Brotons de

Mutxamel se desplazará la traza hacia el norte para

afectar a un menor número de viviendas. Además

en este tramo se proyectará un túnel artificial entre

los p.k. 22+700 y 23+100.

3.5 Se diseñará el enlace de la Circunvalación

de Alicante con la Autovía Central (A-36) en Sant

Vicent del Raspeig que minimice la ocupación del

territorio, de forma que no constituya un obstáculo

para el agua que pueda discurrir por la Rambla

de Rambuchar.

3.6 Se mejorará la permeabilidad territorial

aumentando el número de pasos inferiores (PI 7+1

y PI 17+3).

3.7 Se dispondrá un nuevo enlace con la N-340,

aproximadamente a la altura del p.k. 30+300, que

además conectará con la carretera de Bussot

(CV-773). El nuevo enlace junto con la

relocalización de las áreas de peaje deberá permitir liberar

de peaje los tráficos metropolitanos entre este enlace

con la Autovía Central (A-36).

3.8 Se estudiará más detalladamente desde el

punto de vista técnico y ambiental, la nueva

conexión de la Autovía Central con la Autopista

A-7 (denominada alternativa-5 en el Estudio

Informativo) respetando la banda establecida en el Plan

General de Ordenación Urbana de Alicante, en

redacción, y reduciendo en lo posible las afecciones

a las instalaciones de CEMEX.

La presente resolución pone fin a la vía

administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y, contra la misma se puede

interponer recurso potestativo de reposición, ante

el Ministro del Departamento, o bien directamente

recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos

recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses

a partir del día siguiente al de la publicación de

aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que

quepa formular el recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Valencia, 29 de julio de 2003.-El Ingeniero Jefe

de la Demarcación, Ismael Ferrer

Domingo.-38.360.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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