Por la presente se notifica a los deudores
comprendidos en la relación que a continuación se
inserta, que no han podido ser hallados en los domicilios
que figuran en los documentos que obran en esta
Dirección General o que se han alegado distintas
causas para no recibirlas por personas que la
Legislación autoriza para hacerse cargo de la notificación,
por lo que se hace saber:
Que por resoluciones individualizadas del
Director General del Tesoro y Política Financiera se les
declara deudores a la Hacienda Pública por la
cantidad que a cada uno se imputa en la citada relación.
Los expedientes que dan origen a las resoluciones
se encuentran en el Servicio de Recaudación de
Deudas no Tributarias de la Subdirección General
de Gestión de Cobros y Pagos del Estado. Paseo
del Prado, 6, 3.a planta, 28014 Madrid.
Recursos
Contra las resoluciones puede interponerse
recurso de reposición ante el Director General del Tesoro
y Política Financiera en el plazo de 15 días hábiles
a contar desde el siguiente al de la publicación en
el Boletín Oficial del Estado, o reclamación ante
el Tribunal Económico Administrativo Central en
el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos
recursos.
Ingreso del reintegro
Para realizar el ingreso del reintegro, deberá
recibir otra notificación de la Delegación Provincial
de Economía y Hacienda correspondiente al último
domicilio conocido en la que se informará de los
plazos y formas de ingreso.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid