El Real Decreto-ley 9/1998, de 28 de agosto,
aprueba y declara de interés general la obra de
"Defensa contra avenida del arroyo Albarregas",
llevando implícito la de utilidad pública a los efectos
previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de
16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa,
y la de urgencia, a los efectos de la ocupación de
los bienes afectados a que se refiere el artículo 52
de la citada Ley.
En cumplimiento de lo preceptuado en los
artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de
16 de diciembre de 1954, y el 56 y siguientes de
su Reglamento, se convoca a los propietarios
afectados para el levantamiento de las correspondientes
actas previas de ocupación, que tendrá lugar el
próximo día 25 de julio de 2003, a las diez horas, en
el Ayuntamiento de Mérida (Badajoz). No obstante
lo anterior, si algún afectado así lo solicita, el citado
levantamiento se producirá en los propios terrenos
a expropiar.
A dicho acto podrán asistir los afectados
personalmente, o bien representados por una persona
debidamente autorizada, para actuar en su nombre.
Aportarán la documentación acreditativa de la
titularidad de los bienes objeto de expropiación
(certificado del Registro de la Propiedad, escritura
pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,
así como los recibos del IBI de los dos últimos
años o fotocopias compulsadas de los mismos). Los
afectados pueden hacerse acompañar a su costa de
Perito y Notario, si lo estiman oportuno.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley
de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957,
las personas que se consideren afectadas podrán
formular por escrito ante esta Confederación, hasta
el momento del levantamiento de las actas previas
a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes afectados.
El propietario afectado se encuentra expuesto en
el tablón de edictos del Ayuntamiento citado.
Badajoz, 9 de julio de 2003.-El Secretario general,
Diego de la Cruz Otero.-35.156.
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