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Documento BOE-B-2003-172064

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, Sociedad Anónima la realización de la adenda al proyecto de instalaciones "Oleoducto Rota-Zaragoza, tramo Loeches-La Muela. Instalación, electrificación y telemando de válvulas en almadrones (antigua 807), provincia de Guadalajara".

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2003, páginas 5952 a 5952 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-172064

TEXTO

Visto el escrito presentado por la Compañía

Logística de Hidrocarburos CLH, Sociedad Anónima,

en fecha 13 de diciembre de 2002, por el que se

solicita la autorización administrativa para la

realización de la Adenda al Proyecto de Instalaciones

"Oleoducto Rota-Zaragoza, tramo Loeches-La

Muela. Instalación, Electrificación y Telemando de

Válvulas en Almadrones (Antigua 807), Provincia de

Guadalajara".

Teniendo en cuenta que, por Resolución de la

Dirección General de Política Energética y Minas

de fecha 16.01.03, se autorizó la realización del

Proyecto de Instalación, Electrificación y

Telemando de Válvulas en Almadrones (antigua 807),

provincia de Guadalajara, en el tramo Loeches-La

Muela del Oleoducto Rota-Zaragoza.

Habiéndo sido sometido dicho Proyecto al trámite

de información pública, mediante su inserción en

el Boletín Oficial del Estado de 26.02.03, así como

en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara

de 07.03.03 y en el Diario "Nueva Alcarria" de

10.02.03, de acuerdo con lo previsto al efecto en

la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de

Hidrocarburos.

Habiéndose remitido igualmente el anuncio para

su exposición pública en el Ayuntamiento de

Almadrones (Guadalajara), donde se ubica la instalación,

no habiéndose formulado alegaciones.

Constando informe favorable de la Dependencia

Provincial de Industria y Energía de la

Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, de fecha 2

de junio de 2003.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas, ha resuelto:

Autorizar la Addenda al Proyecto de Instalaciones

"Oleoducto Rota-Zaragoza, tramo Loeches-La

Muela. Instalación, Electrificación y Telemando de

Válvulas en Almadrones (Antigua 807), Provincia de

Guadalajara", presentado por la Compañía Logística

de Hidrocarburos CLH, Sociedad Anónima.

Esta autorización se otorga al amparo de lo

dispuesto en los Artículos 3 y 40 de la Ley 34/1998,

de 7 de Octubre, del Sector de Hidrocarburos,

autorización que, conforme previene el Artículo 103

de la citada Ley, lleva implícita la declaración de

Utilidad Pública y la necesidad de ocupación a

efectos de expropiación forzosa con las condiciones

reflejadas en el trámite de información pública

previamente mencionado.

Asimismo esta aprobación está sometida a las

condiciones siguientes:

Primera: El presente proyecto suscrito por

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y visado en

el Colegio de Ingenieros de Caminos Canales y

Puertos, con fecha 6 de noviembre de 2002, tiene

por objeto definir, con respecto al Proyecto original,

el cambio de posición en los apoyos de línea eléctrica

de M.T. y la ubicación de la posición de válvula

MVI-RAA-0807 dentro de la parcela que contenía

la antigua trampa de rascadores.

Segunda: El diseño, montaje y puesta en marcha

de las instalaciones contempladas en el proyecto,

se realizarán de acuerdo con los Reglamentos,

Estándares, Códigos, Normas, Instrucciones y

Especificaciones que en el mismo se citan.

Tercera: El presupuesto no sufre ningún cambio

con respecto al proyecto original que asciende a

120.251,29 euros (ciento veinte mil doscientos

cincuenta y un euros con veintinueve céntimos).

Cuarta: El plazo de ejecución de las obras sigue

siendo el mismo que se fijó en el proyecto original

de 6 meses, a partir de la fecha de ocupación real

de las fincas que han de ser afectadas por aquéllas.

Quinta: Sin perjuicio de las atribuciones y

competencias que correspondan a otras Entidades y

Organismos, el Director Técnico responsable de la

instalación que se autoriza acreditará ante la

Dependencia Provincial de Industria y Energía de la

Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, que en

las obras se han realizado con resultado satisfactorio

los ensayos y pruebas prescritas en las normas y

códigos que se referencian en el proyecto, y se

levantará acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito

la instalación no podrá entrar en funcionamiento.

Una copia del acta de puesta en marcha deberá

ser remitida a la Dirección General de Política

Energética y Minas.

Sexta: Esta autorización se otorga sin perjuicio

e independiente de las autorizaciones, licencias o

permisos de competencia autonómica, municipal o

de otras entidades, necesarios para la realización

y puesta en marcha de las instalaciones.

Séptima: Para introducir modificaciones en las

instalaciones autorizadas será necesario obtener la

autorización correspondiente.

Octava: La Administración se reserva el derecho

de realizar las pruebas que estime convenientes y

de dejar sin efecto esta autorización si se demuestra

el incumplimiento de las condiciones impuestas, la

existencia de discrepancias fundamentales con

relación a la información suministrada u otra causa

excepcional que lo justifique.

Novena: Contra la presente Resolución, de

acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 107 y siguientes

de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de Enero y en la Disposición

Adicional Decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14

de Abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado, puede

interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Secretario

de Estado de la Energía, Desarrollo Industrial y

de la Pequeña y Mediana Empresa, en el plazo

de un mes a partir del día siguiente al de la recepción

de la notificación de la presente Resolución.

Madrid, 10 de junio de 2003.-La Directora

general de Política Energética y Minas. Fdo.: Carmen

Becerril Martínez.-&36.035.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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