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Documento BOE-B-2003-172060

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha sobre Información Pública del Estudio Informativo EI-1-E-139 "Autopista de peaje Toledo-Ciudad Real-Autovía de Andalucía".

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2003, páginas 5951 a 5951 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-172060

TEXTO

La Dirección General de Carreteras, por

Resolución de 12 de junio de 2003, ha aprobado

provisionalmente el Estudio Informativo: "Autopista de

peaje Toledo-Ciudad Real-Autovía de Andalucía".

Clave: EI-1-E-139, ordenando se someta el Estudio

de acuerdo con la Ley de Carreteras en sus diversas

opciones de trazado a Información Pública.

En virtud de dicha Resolución y de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 25/1988,

de 29 de julio, de Carreteras, y los artículos 31

y 34 del vigente Reglamento General de Carreteras,

aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de

septiembre, se somete a Información Pública por

un período de treinta (30) días hábiles, contados

a partir de la fecha de publicación del presente

anuncio en el boletín Oficial del Estado, plazo

durante el cual podrá ser examinado por quienes lo deseen

en la Demarcación de Carreteras del Estado en

Castilla La Mancha (Plaza de Santa Clara, n.o 7,

Toledo), en la Unidad de Carreteras de Ciudad Real

(C/. Alarcos, n.o 21, 8.a planta, Ciudad Real), en

la Unidad de Carreteras de Córdoba (Avda.

Mozárabes, n.o 1, Córdoba), en horas hábiles de oficina

y en los Ayuntamientos de: Villaseca de la Sagra,

Mocejón, Almonacid de Toledo, Nambroca, Toledo,

Mora, Manzaneque, Orgaz, Los Yébenes,

Consuegra, Mascaraque y Urda de la provincia de Toledo;

Fuente el Fresno, Malagón, Torralba de Calatrava,

Carrión de Calatrava, Fernán Caballero,

Miguelturra, Ciudad Real, Argamasilla de Calatrava,

Almodovar del Campo, Puertollano, Brazatortas,

Fuencaliente y Villarrubia de los Ojos de la provincia

de Ciudad Real y Villanueva de Córdoba, Adamuz,

Montoro, El Carpio, Villafranca de Córdoba,

Cardeña, Córdoba, Conquista y Pedro Abad de la

provincia de Córdoba.

Se hace constar expresamente que la nueva

carretera tendrá limitación de accesos a las propiedades

colindantes, así como las limitaciones a la propiedad

que impone el artículo 25 de la vigente Ley de

Carreteras.

Entre los documentos que se someten a examen,

se encuentra la Resolución de la Dirección General

de Carreteras, ya citada, en la que se ordena la

incoación del Expediente de Información Pública,

a efectos de trazado y medioambientales.

La Información Pública, lo es también, por tanto,

a los efectos establecidos en el Real Decreto

1302/86, de 28 de junio, y su Reglamento (Real

Decreto 1131/88, de 30 de septiembre), relativos

a la Evaluación de Impacto Ambiental.

Durante el expresado plazo, podrán presentarse

alegaciones y observaciones que se consideren

oportunas, advirtiéndose que deberán versar sobre las

circunstancias que justifiquen la declaración de

interés general de la carretera y sobre la concepción

global de su trazado.

Toledo, 26 de junio de 2003.-El Jefe de la

Demarcación, Teodoro Abad Ortiz.-34.382.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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